El organismo de regulación de las telecomunicaciones lo anunció en un comunicado donde recordó que “las empresas que no hayan cumplido con las resoluciones que fijaron los incrementos autorizados y no hayan respetado el monto de los mismos o no hayan otorgado la Prestación Básica Universal consagrada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 no podrán aplicar variaciones de precios a sus clientes”.
Así lo expresó el organismo de regulación de las telecomunicaciones mediante un comunicado en el que subrayó que el Enacom “no ha autorizado ningún incremento de precios para los meses de mayo o junio de 2021 en los servicios de telefonía fija, telefonía móvil, Internet o televisión paga”.
Por ese motivo, la dependencia oficial hizo saber a usuarios y usuarias de servicios TIC que “oportunamente, se informará cualquier aumento que se autorice”, por lo que “cualquier comunicación en contrario surgida de las prestadoras de servicios en la cual se haya anunciado una modificación de precios carece de valor legal y no ha sido convalidada por el Ente”.
También recordó que “las empresas que no hayan cumplido con las resoluciones que fijaron los incrementos autorizados y no hayan respetado el monto de los mismos o no hayan otorgado la Prestación Básica Universal consagrada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 no podrán aplicar variaciones de precios a sus clientes”.
En febrero, el Enacom autorizó a fines de febrero aumentos para marzo en las tarifas de los servicios de telefonía fija, internet y TV paga, entre 5% y 7,5%, luego de un contrapunto con las empresas que habían cobrado desde comienzos de año aumentos por encima del 5% autorizado a partir del 1 de enero.
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