Fue culpada por “maltrato psíquico a una adolescente”, deberá pagar una multa de casi un millón de pesos y asistir a un seminario sobre convivencia. El hecho fue denunciado ocurrió a pocos días del ataque de Hamas. “No se puede judicializar la enseñanza”, alertó el gremio.
La sentencia se conoció el miércoles 9. El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, condenó a la docente Ana Contreras a la pena de 60 días-multa (equivalente a 913.800 pesos), por considerarla autora de la figura de maltrato psíquico contra una adolescente, en el marco de una clase de Cultura y Ciudanía ante estudiantes de cuarto año, es decir, adolescentes de 15 y 16 años.
La defensa de Contreras prepara la apelación antes del próximo miércoles, mientras los sindicatos docentes se pronunciaron sobre la gravedad de la intervención judicial en un caso que podría haber sido abordado desde los mecanismos con los que la escuela cuenta. Todo esto, casi en paralelo con el procesamiento de la diputada de izquierda Vanina Biasi por sus declaraciones contra el genocidio cometido por Israel en Gaza.
Según el relato de la joven y de algunas de sus compañeras en el juicio oral, la docente introdujo el tema a sabiendas de que la adolescente había vivido en Israel y tenía allegados en pleno conflicto y habiéndole preguntado en una clase anterior si le molestaría abordarlo. Según la profesora, fue otra alumna la que sacó la conversación, a partir de un video de TikTok.
La reconstrucción en la que se basó la condena señala que la estudiante en cuestión terminó llorando, muy afectada, luego de sentirse aludida por la docente con manifestaciones en contra del pueblo judío como responsable del genocidio en Palestina y no sólo contra el gobierno de Benjamín Netanyahu.
Contreras asegura que no hizo los comentarios discriminatorios que le endilgan, que el tema lo sacó otra alumna y que no estaba previsto para la clase ni para la materia. No hay otro registro de lo ocurrido en esa clase que el testimonio de la profesora y el de la alumna y algunos de sus compañeros, ya que no todos declararon.
La acusación también apunta que semanas después de aquella clase y luego de que la adolescente decidiera dejar de asistir para evitar a la docente, volvieron a cruzarse en la escuela y la profesora “la miró de reojo, y procuró contacto físico con la adolescente al chocarla con el codo. Además, le generó molestias al acercársele dirigiéndose hacia ella personalmente dando la vuelta, con el propósito de intimidarla. Todas estas situaciones han generado una perturbación en la víctima, menor de edad, generándole angustia y afectaciones psíquicas”, según dio por probado el juez Boga Doyhenard.
El fallo también ordenó a la docente asistir al seminario “Convivencia y participación escolar: el proceso de una construcción grupal”, dispuesto por el Ministerio de Educación de la Provincia como actividad formativa y dictado por la UNLPAM. Además se le impuso la prohibición de toda forma de comunicación y/o contacto con la joven por el plazo de un año (aunque ya no se cruzan, porque la denunciante egresó y la denunciada pidió licencia) y se la exhortó a que no vuelvan a repetirse “hechos de esta naturaleza”.
Ana Contreras es docente desde hace 13 años, primero en Córdoba y luego en La Pampa, en niveles secundario, terciario y universitario. Tras la sentencia siente que “va y viene emocionalmente”, agradece el acompañamiento del gremio y reclama el del Ministerio de Educación.
En diálogo con Tiempo, da su mirada sobre lo que pasó el día que terminó denunciada, hace casi un año y medio. “Tengo un poco de compulsión a explicar, es lo que hago todos los días de mi vida. Lo que hice fue intentar poner en contexto una información que venía de un Tiktok y era relativa a los temas que estábamos trabajando. Estaba dando clase sobre derechos humanos en Argentina. Sale el tema en un momento, no fue toda la clase. No hubo una discusión. Ella dijo ‘profe, los de Hamas quieren matar a todos los judíos’. Le dije que sí. Que pasan las dos cosas a la vez. Hacia el final ella me pide salir y vuelve, abraza a una compañera, les pregunto si están bien, no la vi llorando”. Sobre la frase que le atribuyen, dijo: “Leés la sentencia y dice una cosa terrible, que dije que no está mal que Hamas mate bebés. No dije eso en absoluto. ¿Qué valor pedagógico podría tener? Era octubre (de 2023), dije en potencial que podía haber un genocidio y hoy la Corte Internacional tiene pedido de arresto de Netanyahu”.
Contreras cuenta también que hubo un cuestionamiento previo por parte de la familia denunciante. Fue en 2018, cuando le daba clases a otra de sus hijas, tras proyectar la película XXY en una clase de Educación Sexual Integral (ESI).
“Creo que lo más polémico –analizó Contreras- es un modo de fallar que tiene que ver con sustraer la potestad del Ministerio de Educación. Porque le está diciendo a las familias que su visión puede estar por encima de un acuerdo comunitario que tenemos, que es la escuela”.
El año pasado, el juez Boga Doyhenard había sido noticia por dictar la absolución de una pareja denunciada por no enviar a su hijo a la escuela primaria y optar por un programa de educación en el domicilio a través de una institución radicada en Miami. Pese a que el representante del Ministerio Público Fiscal había afirmado que el “derecho a la educación es obligación y es una ley que está por encima de los deseos” de los progenitores, el magistrado consideró que la decisión familiar primaba.
“Desde Unión Trabajadores de la Educación de La Pampa (UTELPa) expresamos nuestra preocupación ante la intromisión del poder judicial en el ámbito educativo para evaluar conductas o actuaciones de las y los docentes, desconociendo el marco normativo que regula nuestra actividad profesional”, alertó el sindicado docente tras conocerse la sentencia.
A través de un comunicado, aludió al Estatuto del Trabajador/a de la Educación (Ley 1124), la Ley Provincial de Educación (Ley 2511) y los organismos específicos dependientes del Ministerio de Educación, como el Tribunal de Disciplina, en tanto “instrumentos destinados a garantizar la adecuada evaluación de posibles incumplimientos en el ámbito docente. Estas normativas y organismos, creados para fortalecer la educación pública y democrática, son los que deben regir cualquier análisis sobre el ejercicio de nuestra labor”.
“No se puede judicializar la enseñanza”, enfatizó la secretaria general de Utelpa, Rosana Gugliara, ante la TV Pública Pampeana. “Tenemos dentro del sistema educativo los mecanismos necesarios para poder resolver los conflictos, porque están determinados nuestros derechos y obligaciones. Es preocupante que otros órganos, en este caso la Justicia, dirima sobre cuestiones educativas”, insistió.
“Fue una condena exagerada e injusta que genera temor”, expresó por su parte el secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Educación Pampeana (Sitep), Cristian Rosso, en diálogo con Radio Noticias. Añadió que “si bien en esa clase pudo haber un exabrupto o una calificación errónea, es en lo que se basa el fallo, la alumna que se sintió maltratada puede hacer todo el planteo dentro del sistema educativo”.
“Le aplicaron una multa millonaria a una trabajadora de la educación por un dicho en una clase: esto implica que no cobrará un salario más allá de los gastos que tuvo por las costas de las defensas”, cuestionó el referente sindical, y agregó: «acá ya no hablamos de violencia simbólica sino también económica«.
Además del apoyo del gremio, se puso en circulación un formulario para juntar firmas y exigir la absolución de Ana Contreras. En el texto se define lo sucedido como un “ataque a la libertad de expresión en el aula”.
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