Denunciaron ante la ONU el bloqueo judicial del decreto que declaró esenciales a las telecomunicaciones

La presentación fue hecha por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para que la entidad internacional intervenga ante la suspensión judicial obtenida por la empresa Telecom, del Grupo Clarín, a partir de una medida cautelar.

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual informó que solicitó a la Relatoría de Libertad de Expresión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU que intervenga ante la suspensión judicial del Decreto 690/2020 obtenida por la empresa Telecom (Grupo Clarín) a partir de una medida cautelar de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La Defensoría pidió a la Relatoría de Naciones Unidas que «se expida» y «formule recomendaciones» al Estado argentino, en particular al Poder Judicial, en base a los llamados procedimientos especiales que la facultan para actuar ante violaciones de derechos humanos fundamentales, en este caso el acceso igualitario al servicio de Internet.

En la denuncia realizada durante el mes de octubre, a la que accedió Télam, se advierte al organismo de la ONU que la decisión de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que suspende la aplicación del contenido del decreto 690/2020 del Enacom para la empresa Telecom Argentina SA afecta derechos garantizados en tratados internacionales al impedir «el ejercicio de la libertad de expresión en el ámbito digital».

«Esta Defensoría considera que la declaración de servicio público de Internet, la regulación de las tarifas (del wifi hogareño, por caso) y de una tarifa social para acceder a Internet, medidas dispuestas por el Decreto 690/2020 actualmente suspendidas, reafirman el derecho de toda persona a un nivel adecuado de vida para sí y su familia».

Con la firma de su titular, la periodista Miriam Lewin, la Defensoría detalló que la medida cautelar que beneficia a Telecom -dictada el 30 de abril de 2021 y prorrogada recientemente por seis meses más- «afecta derechos reconocidos» que están salvaguardados por la Declaración Universal de los DDHH y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como también por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

En los fundamentos de la denuncia, la Defensoría explicó los antecedentes que llevaron al dictado del Decreto 690/2020 del Ejecutivo, sobre todo la necesidad de facilitar el acceso a la conectividad para los sectores empobrecidos con motivo de la pandemia, y detalló los alcances de la norma cuya aplicación fue suspendida por el Poder Judicial.

«Esta Defensoría considera que la declaración de servicio público de Internet, la regulación de las tarifas (del wifi hogareño, por caso) y de una tarifa social para acceder a Internet, medidas dispuestas por el Decreto 690/2020 actualmente suspendidas, reafirman el derecho de toda persona a un nivel adecuado de vida para sí y su familia», planteó el organismo que encabeza Lewin, un ente estatal autónomo de DDHH creado por la ley 26522 y con autoridades designadas por el Parlamento.

En el tramo inicial del documento, la Defensoría comunicó a la Relatoría de Libertad de Expresión que se involucró en esta controversia tras recibir denuncias particulares de ciudadanos que manifestaron que el fallo de la Justicia que bloqueó la aplicación del Decreto 690 del Enacom está «vulnerando derechos a la comunicación» al impedirles acceder a la tarifa básica universal que establecía la norma, entre otros perjuicios.

Las dos denuncias recibidas por la Defensoría del Público corresponden al presidente y secretario de la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores, Osvaldo Bassano y Rodolfo Leonardi, por un lado, y por la comunidad indígena Painefilu, del paraje Pampa de Malleo, Neuquén, por otro, según detalló el organismo.

En la presentación, de 38 carillas, la Defensoría recordó asimismo que el 13 de julio pasado el Consejo de Derechos Humanos de la ONU dictó una resolución sobre «Promoción, Protección y Disfrute de los DDHH en Internet», en la que ratificó que el acceso al servicio de wifi «es un derecho humano fundamental» que los Estados deben garantizar y que las empresas «tienen la responsabilidad de respetar» esos principios rectores.

Además, la Defensoría del Público destacó que el propio Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas reconoció en un pronunciamiento que la pandemia de Covid-19 y las medidas para hacerle frente «han hecho que todos los sectores de la sociedad, incluidas las personas en situación de marginación, dependan más de Internet» tanto como fuente de información, para participar en la vida civil, política y económica, y también «como medio de acceso a los servicios públicos, incluidos la educación y la salud».

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