Desde la Comisión Provincial por la Memoria aseguraron que la mayoría de las instituciones que han intervenido carecen de habilitación ministerial y realizan internaciones compulsivas sin control judicial e intervenciones policiales ilegales para amedrentar a los pacientes.
Por eso recomiendan defender la Ley Nacional Nº 26.657 de Salud Mental ante la presentación de la Ley Ómnibus que propone el actual presidente Javier Milei. Cuya modificaciones estipuladas en esa norma no contemplan los parámetros ni estándares internacionales que deben respetar.
El más reciente de los fallecimientos ocurrió en octubre de 2023 y generó muchísima indignación en quienes trabajan para revertir la terrible situación: “Se trata de Nahir Michelli Ortiz de 18 años, quien falleció en la clínica neuropsiquiátrica Santa Ana, ubicada en el partido bonaerense de Junín”, denunció Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM, en diálogo con Tiempo. Continuó explicando que este caso “se suma a una larga lista de víctimas que pierden sus vidas en estos lugares, que en su gran mayoría, no están legalmente constituidos”.
Posterior a la muerte de la joven, realizaron una inspección y detectaron “graves irregularidades, entre ellas, la falta de habilitación ministerial”, aseguró el abogado. También apuntó que se encontraron con “internaciones sin control judicial, falta de profesionales, sujeción mecánica en presencia de policías para atender episodios de crisis en cuadros de salud mental, lo que termina siendo una amenaza para las y los usuarios”.
Tras el fallecimiento de la joven, interpusieron un habeas corpus ante el Juzgado Correccional N° 3 de Junín “que falló a favor del incidente que presentamos y ordenó que se adopten las medidas necesarias para que la clínica funcione acorde a la normativa vigente”, señaló el secretario ejecutivo.
La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires les comunicó “que la clínica neuropsiquiátrica Santa Ana tiene su habilitación emitida en 1998, con capacidad de internación de veintitrés camas”, contó el letrado. Sin embargo en 2014 se realizaron obras y ampliaron “la capacidad de alojamiento para unas diez personas más, pero estas nuevas plazas no pararon por el proceso de habilitación”, denunció.
Al momento de la inspección, “nosotros registramos que la institución alojaba a treintaiuna personas, superando el cupo establecido por la habilitación existente que era de veintitrés y tenían a personas alojadas en estos sectores sin autorización legal”, se quejó el secretario ejecutivo.
El habeas corpus presentado tras el monitoreo que hicieron apuntó, “que dieciocho de las treintaiuna personas alojadas en la clínica se encontraban internadas sin control judicial, entre ellas una adolescente de diecisiete años, que permanecía en el lugar sin la compañía de un adulto referente”, aseveró el abogado.
También detectaron la permanencia “de personas internadas por razones sociales, es decir, sin criterio de internación, en algunos casos por más de 20 años”, apuntó el secretario ejecutivo. Además, a partir del análisis de la documentación enviada por la misma institución, “se detectó la categorización de estas internaciones como voluntarias, encontrándose vencido el plazo establecido por la Ley Nacional de Salud Mental para su recategorización a involuntarias”, señaló.
Cuando hicieron el monitoreo, “once personas estaban internadas superando lo que legalmente corresponde”, explicó el letrado. En estos casos, “las internaciones sin informar a la justicia iban de tres meses a ocho años”, agregó.
Por todos estos puntos denunciados en el incidente de habeas corpus, “el juez Jorge Coppola visitó la clínica neuropsiquiátrica Santa Ana, pidió un informe a la Asesoría Pericial Departamental, convocó a todas las partes para realizar una audiencia y tratar el tema”, repasó García.
Tras cumplir con todas las instancias, “el juez consideró -casi en su totalidad- lo expresado en nuestra denuncia y reconoció el incumplimiento de las disposiciones de la Ley Nacional de Salud Mental por parte de las autoridades de la clínica”, remarcó el secretario ejecutivo.
Así mismo, el titular del Juzgado Correccional N° 3 de Junín “resolvió que la policía sólo podrá intervenir cuando exista riesgo para la integridad de la persona internada o terceros”, explicó el letrado. Ello, con adecuación a las pautas de abordaje “para urgencias de salud mental y que la intervención de los miembros de la fuerza de seguridad deberán ser documentada en acta y en la historia clínica del usuario o usuaria”, detalló.
La Comisión también presentó una denuncia en el marco de internaciones ilegales sin consentimiento de las víctimas. Señalan que “desde julio de 2021 hasta comienzos de 2023 murieron tres personas” en la comunidad terapéutica Centro Victoria de la localidad de Tortuguitas, en el partido bonaerense de Malvinas Argentinas.
“El lugar nunca fue habilitado por la autoridad provincial ni por el municipio y hasta junio de 2023 permanecían alojadas allí más de sesenta personas, cuatro de ellas menores de edad y compartían los espacios comunes con adultos”, denunció el secretario ejecutivo. Apuntó que se encontraban en “gravosas condiciones edilicias, sufrían severos castigos físicos, maltrato psicológico, torturas, con falta de alimentación y sin tratamiento médico o psiquiátrico, entre otros padecimientos cotidianos”
Cabe destacar que la intervención del Programa de Salud Mental de la CPM se inició con un informe elaborado por el periodista Pablo Galfré y Gustavo Zbuczynski, quien es presidente de la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA). Este documento de 22 páginas registró las tres muertes ocurridas -entre julio de 2021 y principios de 2023- en la comunidad terapéutica Centro Victoria.
Tras la muerte de Santiago Tobías Hellman Suárez, de 17 años, en la comunidad terapéutica Centro Soltar en enero de 2023, la Comisión inspeccionó y realizó presentaciones judiciales. El dispositivo está ubicado en la localidad de Udaondo, distrito de Ituzaingó, que funcionaba sin la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud bonaerense. El organismo provincial presentó un habeas corpus colectivo ante el Juzgado de Garantías N° 5 de Morón en favor de las personas alojadas.
Por lo ocurrido, la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de Santa Fe -de donde era oriundo el joven fallecido y otros usuarios- hizo una serie de recomendaciones al Poder Ejecutivo provincial, cuya Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia derivaba jóvenes con padecimientos de salud mental o consumos problemáticos a dispositivos ubicados en Buenos Aires.
Cuando sucedió la muerte del joven en la comunidad terapéutica Centro Soltar, “nosotros realizamos un monitoreo como mecanismo local de prevención de la tortura, el mismo relevó irregularidades administrativas y tratamentales”, aseguró el abogado. Siguió denunciando que también detectaron “sobremedicación en los usuarios del lugar y prácticas contrarias a las que indica la Ley de Salud Mental y Derechos del Paciente”.
El 22 de febrero de 2022 se produjo un incendio en la Resiliencia San Fernando. Tras lo ocurrido, el fiscal Germán Camafreitas a cargo de la UFI N°3 del partido bonaerense de Pilar solicitó al juzgado de Garantías N° 6 de San Isidro, que ordene la detención de cinco imputados por el incendio y muerte de cuatro personas de entre 24 y 40 años, en esta comunidad terapéutica ubicada en la localidad de La Lonja. Ezequiel Ibarra ya había muerto ahogado en la pileta de la de este lugar en noviembre de 2021.
Por todo esto, el juez Nicolás Ceballos ordenó la detención de dos directivos, dos profesionales y una trabajadora administrativa. La CPM es particular damnificada institucional en la causa penal. El director de la comunidad, Alan Emmanuel Cambra Sarife, ya estaba detenido desde el primer momento que sucedieron los hechos. Todos están acusados de los cuatro homicidios, reducción a la servidumbre, asociación ilícita, estafas y el incendio.
“La comunidad terapéutica no tenía ningún matafuego ni plan de contingencia en casos de emergencia, los colchones no eran ignífugos y todas las ventanas de las habitaciones tenían rejas, impidiendo las tareas de rescate intentadas por las personas del lugar”, aseguró García. Además, las víctimas estaban sobre-medicadas “por el cóctel y cantidades de psicofármacos que les suministraban, ni siquiera tuvieron la posibilidad de reaccionar ante el siniestro”, reconstruyó.
El periodista Pablo Galfré investigó casos de personas que estuvieron encerradas durante mucho tiempo en estos lugares. “Felipe Mariñansky estuvo en la Fundación San Camilo durante diez años, es una granja de rehabilitación ubicada en Pilar. Murió el 3 de junio de 2013 por un hematoma cerebral crónico producto de un golpe que recibió en esa comunidad tras estar un mes en coma internado en el Hospital Evita de Lanús”, recordó muy indignado.
Siguió lamentando que once días después, “el 14 se suicidó Saulo Rojas en una celda, que los directivos de la comunidad la llamaban sala de reflexión, era habitáculo de 2 x 2 con un colchón tirado en el piso, sin techo, con cielo enrejado a la vista, sin ventanas, recuerdo que fue una noche fría de invierno”, finalizó.
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