Se creó el “Servicios de Transporte de Oferta Libre de Pasajeros” que permitirá, por medio de una declaración jurada digital, que los privados transporten pasajeros "libremente". Asimismo, se realizaron cambios en la normativa del sistema de transporte de cargas en beneficio de los empresarios que reclamaban por los altos costos de logística.
La disputa por la eliminación de las subvenciones al sistema SUBE comenzó hace unas semanas cuando el Gobierno nacional expresó que solo mantendría el beneficio para los transportes inter jurisdiccionales que circulen por el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). De esta manera, las autoridades de la provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires deberán hacerse cargo de esos gastos.
No obstante, a principios de septiembre, el presidente Javier Milei y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Jorge Macri, firmaron acuerdo por el cual la cartera porteña tendrá el control y administración de las 31 líneas que circulan, de manera exclusiva, dentro de la ciudad. Asimismo, gozará de la potestad de fijar tarifas y recorridos. Es decir, no se realizará ningún recorte de las subvenciones hasta que finalice el período de transición.
Desde este lunes, por medio del Decreto 830/2024, las líneas pasaron de manera efectiva a la jurisdicción porteña. En el caso de las que prestan servicios públicos urbanos que inicien y terminen sus recorridos en la ciudad, podrán continuar operando con los permisos otorgados oportunamente por el Estado Nacional hasta que la administración porteña determine los distintos aspectos de su regulación.
Cabe recordar, según mencionó El Cronista, que la cartera de Transporte nacional dejará de librar partidas de subsidios que pasarán a ser sostenidas por las arcas locales. Se mantendrán los beneficios de cobertura de la Red SUBE en todas las líneas interjurisdiccionales (es decir, las que cruzan CABA y PBA) como así también la Tarifa Social.
El Decreto 830/2024 aprobó la simplificación del régimen normativo específico para la prestación de los Servicios de Transporte de Oferta Libre de Pasajeros orientado a propiciar una “mayor desregulación en materia de prestación y operación, promoviendo de ese modo un mayor nivel de competencia”.
Además, se creó Registro Nacional del Transporte de Pasajeros por Automotor de carácter Urbano y Suburbano, que contará con una plataforma digital, en el que quedarán incorporados los transportistas y/o empresas de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades.
En la normativa, según detalló Infobae, el Ejecutivo diferenció los servicios entre públicos y de oferta libre. “Constituyen servicios públicos de transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano todos aquellos que tengan por objeto satisfacer con continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad, en igualdad de condiciones para todos los usuarios, las necesidades comunitarias de carácter general en materia de transporte”.
Por su parte, los servicios privados de transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano son aquellas “actividades comerciales de transporte que se desarrollan a costo y riesgo del transportista y/o empresa de transporte”.
Los servicios de oferta libre deberán inscribirse en el registro mediante una declaración jurada. A diferencia de los servicios públicos, los de oferta libre podrán establecer “libremente” los recorridos, horarios, precios, modalidades y vehículos, dentro de los estándares de seguridad.
Por otra parte, por medio del Decreto 832/2024 –también publicado este lunes- el Gobierno desreguló el transporte de cargas, en respuesta a la demanda de los empresarios del sector por los altos costos en la logística. La medida anunciada y celebrada por Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, en su cuenta oficial de X.
“El decreto 832/24 firmado por el presidente Javier Milei reglamenta la ley 24.653 de transporte de cargas con dos innovaciones centrales: la virtual eliminación del Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) en formato digital o físico; y el incremento del peso permitido para transporte exento del régimen de la ley 24.653″, publicó.
Para Sturzenegger , el sistema RUTA implicaba “un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso de realizar”. Entre los cambios que determinó el decreto, “pasa ser un registro digital y gratuito. Se evitan días de trabajo perdidos y los transportistas ahorran dinero que iba a la casta. El RUTA era obligatorio para todo transporte con más de 700 kilos de carga, con lo cual un productor no podía mover su propia carga en un vehículo propio sin someterse a esta burocracia estatal”, aseveró.
La norma, asimismo, eleva a 3.500 kilos el peso mínimo lo cual “libera” ala industria de fletes y cargas livianas de realizar el trámite. Asimismo, anticipó que se avanzará en presentar en el Congreso, dentro del proyecto de Ley Hojarasca, disposiciones que deroguen de manera definitiva este sistema.
Cabe recordar que una de las primeras iniciativas del ministerio de Sturzenegger, anunciada por Milei al tomar juramento al ministro, será el envío al Congreso de la Ley Hojarasca, que busca eliminar o modificar leyes consideradas obsoletas o que representan trabas a la libertad económica.
Según publicó Chequeado, Sturzenegger dio ejemplos de leyes que podrían ser afectadas, como la regulación de carreras de palomas o la ley del mochilero. En materia de transporte, el Gobierno busca la desregulación del transporte tanto aéreo, marítimo y terrestre y particularmente de cargas.
El ministro, señaló Ámbito Financiero, tiene en la mira la Licencia Nacional Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), conocida como “Registro Moyano”, en referencia a Hugo Moyano, el sindicalista que impulsó la creación del permiso necesario para usar un vehículo de carga en la Argentina.
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No serabque desreguló??? No es lo mismo desregular que desregularizar señores "comunicadores". Desregular es quitar regulaciones. Desregularizar es hacer irregular. Pequeña diferencia no???
Gracias!
Se agradecen estos cambios, es m