La Cámara de Casación porteña ratificó la pena impuesta al ex policía de la Metropolitana (hoy de la Ciudad) David Juan Pablo Cruzado por el delito de "hurto agravado por su condición de integrante de una fuerza de seguridad".
El tribunal ratificó la pena impuesta al ex policía de la Metropolitana (hoy de la Ciudad) David Juan Pablo Cruzado por el delito de «hurto agravado por su condición de integrante de una fuerza de seguridad».
Los jueces Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus confirmaron el fallo de mayoría del Tribunal Oral número 29, firmado por los jueces Hugo Navarro y Gustavo Goerner. El fiscal Sandro Abraldes había pedido la pena de dos años y medio de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación, que coincidió con el criterio del tribunal.
Pese a que fue la víctima de la sustracción, Michetti desistió de ser querellante en la causa y sólo declaró durante el debate en calidad de “testigo” y por vía remota, a través de la plataforma Zoom.
Michetti sufrió la sustracción del dinero en efectivo que tenía guardado en su casa el 22 de noviembre de 2015, cuando ella no estaba en el domicilio pues había concurrido a Costa Salguero a celebrar la victoria de la fórmula presidencial que compartía con Macri.
El hecho generó también una investigación en la que fue investigada por la posesión del dinero en efectivo en su domicilio, pero el juez federal Ariel Lijo, tras una corta investigación, la sobreseyó en 2017 y aquella decisión quedó firme.
El fallo que condenó al policía Cruzado no hizo una sola alusión al origen del dinero, ni a la decisión de Michetti de no constituirse en parte querellante para reclamar su devolución. Sólo dispuso notificarla de la decisión, por el derecho que les asiste a las víctimas de un delito de conocer el resultado de una causa penal.
Michetti declaró que los 50 mil dólares eran “un préstamo barra regalo” de su novio, Juan Tonelli para financiar un posgrado de su hijo.
Sobre los 245 mil pesos, indicó que eran producto de donaciones para la fundación SUMA, que presidía; para pagar “unos trabajos en el patio” y gastos diarios.
Para confirmar la condena contra Cruzado, los camartistas avalaron “la declaración de Norma Elizabeth Rojas Sánchez (empleada doméstica de la víctima), quien manifestó que le pareció sospechoso que, si bien ella y el acusado únicamente se comunicaban por teléfono si su jefa necesitaba algo, el día del hecho el imputado le mandó mensajes al mediodía preguntándole si iría al búnker a festejar en caso de que la víctima ganara las elecciones y ella le contestó que sí; que le volvió a escribir a las 16:30 hs. y ella le confirmó que iría a festejar; y que a las 18:30 hs. le mandó otro mensaje, pero ella le contestó que no podría ir, luego de lo cual ya no volvió a contactarla”.
El tribunal también respaldó la argumentación sobre “los gastos efectuados por el acusado luego del hecho”, peses a que la defensa del condenado consignó que “no estaba acreditado que dichas erogaciones hubiesen sido realizadas con dinero proveniente de un delito”.
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