La avanzada judicial racista contra las comunidades mapuche no da tregua. Esta última semana se realizaron juicios por usurpación a dos comunidades mapuche de Río Negro: Lof Quemquemtrew y Lof Lafken Winkul Mapu.
La reivindicación territorial mapuche de esa porción de territorio inició hace tres años, en septiembre de 2021. Cabe resaltar que dos meses después, el 21 de noviembre de 2021, dos empleados de Rocco entraron a las tierras recuperadas en disputa y mataron al joven mapuche Elías Cayicol Garay e hirieron de gravedad a Gonzalo Cabrera. Un juicio posterior los condenó por homicidio, no obstante, Rocco salió librado de cualquier responsabilidad sobre estos hechos al igual que el Ministerio de Seguridad provincial, cuyas fuerzas policiales avalaron el ingreso de esas personas a la zona.
“Es un fallo en nuestra contra que se va a apelar, lo que queremos resaltar es que la jueza reconoció nuestra pertenencia al pueblo mapuche, nuestro derecho a reagruparnos como pertenecientes a la Lof Quemquemtrew. Ella reconoció el territorio de la Cuesta del Ternero como territorio mapuche”, señaló Romina. De esta manera, por parte de la justicia –aseveró– hubo un reconocimiento al derecho a la práctica espiritual. “En nuestro territorio hay un sitio ceremonial sagrado para el pueblo mapuche que no solo pertenece a la Lof Quemquemtrew, sino a las demás comunidades del paraje y también a otros pu lamuen, gente mapuche de otros lugares, tanto de este lado de la cordillera como del otro lado, que han trabajado y han sido partícipes del levantamiento de ese espacio ceremonial”, apuntó. Es por eso que los integrantes de la Lof apelan a la apertura de los canales de diálogo para resolver el conflicto de manera pacífica.
“Queremos resguardar nuestro sitio ceremonial, nuestra práctica cultural. Y resaltar que donde está asentada la Lof son 10 hectáreas apenas, en una tapera, un lugar que estaba abandonado y que así se pudo evidenciar en el juicio”, agregó.
Romina destacó la importancia del resguardo del sitio ceremonial y pidió que no se siga avasallando derechos mediante la acusación de despojo al pueblo mapuche. “Que no se siga utilizando la palabra despojo, es una palabra que a nosotros nos hace mucho ruido porque la Patagonia, las provincias, Río Negro, donde nosotros nos encontramos, ha sido creada a través del despojo de nuestra gente y es por ello que nosotros hoy necesitamos volver a los territorios, porque donde estaba nuestro territorio en el que vivieron nuestros antiguos hoy hay una ciudad como por ejemplo Bariloche o Junín de los Andes”, remarcó. Asimismo, mencionó que durante el juicio, Rocco y su defensa dispensaron falsedades. Cabe resaltar que el empresario testificó por videollamada desde su casa en El Bolsón, ya que nunca residió en el paraje por el cual demandó a la Lof y que se refirió al crimen de Elías Cayicol Garay como un “accidente”.
Según expresó Romina, la defensa de la Lof Quemquemtrew apelará la sentencia. Acorde al procedimiento penal de la provincia de Río Negro, en la lectura de fundamentos se conocerá la pena que les cabe por la condena así como se determinará el posible desalojo. Hasta el momento, a pesar de los pedidos explícitos de la Lof de diálogo al gobernador Alberto Weretilneck, no hubo ninguna respuesta. Cabe resaltar que, según se supo en el juicio, el gobierno provincial cedió en los años ´80 más de 2500 hectáreas al empresario Rocco para explotación forestal, entre las que se encuentran las reivindicadas como ancestrales por la Lof Quemquemtrew.
No solo el Poder Judicial de Río Negro se alineó con las políticas nacionales que expulsan y criminalizan a las comunidades originarias sino también la Justicia federal. La Lof Lafken Winkul Mapu fue llevada a juicio oral y varios de sus integrantes, condenados a prisión en suspenso este 30 de septiembre. El juicio se llevó a cabo de forma intempestiva en un destacamento de Gendarmería nacional en Bariloche, con un amplio despliegue de seguridad y cateo a las personas indígenas para ingresar a las audiencias. Se produjo después de la escandalosa anulación del acuerdo –por parte de la Cámara Federal de Casación Penal- al que se había arribado mediante una mesa de diálogo entre el Estado nacional y la comunidad en junio de 2023.
Cabe recordar que esta Lof había reinvindicado territorio como ancestral en la zona de Villa Mascardi, Río Negro, en una porción que se encuentra bajo la titularidad de la Administración de Parques Nacionales (APN). En octubre de 2022, se llevó a cabo un violento operativo de desalojo que derivó en la detención de 7 mujeres mapuche, 4 de las cuales permanecieron detenidas con sus hijos más de 8 meses por un delito excarcelable. Ya en 2017, la misma comunidad había sufrido otro intento de desalojo en el cual Prefectura asesinó al joven Rafael Nahuel.
“Es un juicio que deja en clara evidencia que había un fallo condenatorio ya armado, un fallo que estuvo muy alineado, lamentablemente, con las políticas del Ejecutivo, impulsado por (Javier) Milei, y que en un corto plazo, en estos nueve meses (de gobierno) en que no hemos tenido ningún resultado en términos de mejora económica, sí ha habido un deterioro profundo de los derechos humanos, de los derechos que el Estado debe garantizar”, aseguró a Tiempo respecto a la condena Mauro Millán, lonko mapuche Lof Pillan Mahuiza en Chubut, que acompañó las audiencias.
Millán destacó que el propio Estado viola las normas que estableció, suscribió y que ratificó en términos de derecho indígena. “Están impulsando un proceso de judicialización express con la intención de amedrentar a otros potenciales reclamos territoriales y esto ha generado que hayan fallos ya condenatorios”, expresó.
Cabe resaltar que en el caso de la Lof Lafken Winkul Mapu, la machi Betiana Cohuan Nahuel fue sobreseída ya que era menor de edad al momento de los hechos. No obstante, se trata de una de las mujeres que permaneció detenida por más de 8 meses entre 2022 y 2023.
Millán remarcó que se le dio mayor condena a Joana Colhuan y a Gonzalo Coña, a quienes se les adjudicó el delito de resistencia a la autoridad por haberse defendido. “El único argumento que tienen es que ellos fueron baleados por las fuerzas federales. Coña bajó el cuerpo de Rafael Nahuel, en aquel momento hubo un asesinato. Es un fallo trágico en términos de interpretación de un aparato judicial, absolutamente parcial y racializado” aseveró. Y agregó: “es una lógica de supremacismo a su máxima expresión”.
Asimismo, mencionó que la misma lógica es implementada por Parques Nacionales, de la mano de su presidente Cristian Larsen, quien festejó en sus redes sociales las condenas. “Por primera vez en nuestro país se condena a pseudomapuches por usurpación de tierras. Este Gobierno está haciendo historia. Finalmente, Villa Mascardi, en el Parque Nacional Nahuel Huapi, es de todos los argentinos. Y los usurpadores, condenados”, publicó en su cuenta oficial de Instagram.
“Larsen declaró que está abierto a un proyecto de desarrollo, es decir, al empresariado argentino y extranjero”, aseveró. Y siguió: “El lineamiento acá es la entrega de territorio, la entrega de recursos, la entrega de territorios resguardados por Parques a un empresariado que ya está dentro de los parques, no es algo novedoso pero que se va a intensificar”.
De esta manera, Millán manifestó que la evidencia demuestra que las comunidades indígenas “somos un obstáculo para esta avanzada extractivista, esta avanzada de entreguismo, porque todo el tiempo la derecha plantea el falso dilema de la propiedad privada y de la soberanía, cuando ellos con hechos han generado un proceso de extranjerización de esta parte del territorio”.
Cabe mencionar que, por el momento, el sitio ceremonial (rewe) de la Lof Lafken Winkul Mapu que se encuentra en el territorio desalojado en Mascardi todavía sigue en pie y la Justicia no vedó la posibilidad de las personas condenadas de acudir a realizar las ceremonias. No obstante, esta Lof todavía deberá enfrentar otros embates judiciales en el mes de febrero de 2025.
La administración libertaria puso fin al Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI) creado en 1989, que se sostuvo a lo largo de gobiernos de distinto color político, para construir un mapa nacional de comunidades indígenas.
Mediante la Resolución 53/2024, derogó el registro y estableció “la suspensión de todas las solicitudes en trámite de inscripción de las comunidades indígenas que se encuentran actualmente en el REGISTRO NACIONAL DE COMUNIDADES INDÍGENAS (RE.NA.C.I.), sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan”.
Según publicó El Resaltador, funcionaba bajo la órbita del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Su objetivo era tener actualizada la nómina de comunidades indígenas inscriptas y no inscriptas del país.
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