Las tres eran menores de edad al momento de los ataques, entre 2008 y 2009. Una de ellas tiene una discapacidad severa.
La pena fue impuesta por el Tribunal en lo Criminal 3 de la provincia, que encontró al hombre, cuyas iniciales son D.H.G., autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”.
El primero de los tres hechos, según difundieron las fuentes, ocurrió entre los mencionados años, cuando la sobrina del hoy condenado fue de visita a su domicilio y allí avanzó en abusar de la misma, hecho que sucedió en reiteradas oportunidades.
En el transcurso de junio de 2008 hasta mayo de 2009, en situaciones en que una de las hijas del acusado también estaba en la casa de su padre, el mismo, aprovechando que no se encontraba nadie más en el lugar, procedió a violarla, ocurriendo los abusos en otras oportunidades más.
El otro hecho sucedió en fecha que no se pudo precisar, en el mismo domicilio, donde se encontraba la otra hija menor de edad del hombre, la que padece parálisis cerebral cudriespática grave con déficit cognitivo severo a profundo. Aprovechando la total indefensión de su hija y encontrándose bajo su guarda, abusó de ella.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad.
El Tribunal, integrado por las juezas María Nallar –presidenta de trámite-, y Ana Carolina Pérez Rojas, condenó a la pena de 11 años de prisión a D.H.G. y ordenó la obtención de sus perfiles genéticos para incorporarlos al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
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