La justicia constató internaciones compulsivas y condiciones de vida gravosas, en una comunidad terapéutica que funcionaba sin habilitación, en Moreno. Se ordenó la prohibición de nuevos ingresos y varias medidas a favor de las víctimas.
La magistrada ordenó la prohibición de nuevos ingresos hasta que realicen las habilitaciones correspondientes. También que pongan en marcha un plan para garantizar la integridad física y mental de los usuarios de ese dispositivo. El organismo de Derechos Humanos denuncia que «por el grado de irregularidad de la institución, las personas permanecían bajo privación ilegal de la libertad y secuestro«.
Desde el organismo provincial contaron que la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA) «envió un informe que denunciaba situaciones gravosas en esa comunidad terapéutica; nosotros inspeccionamos el lugar y, tras constatar derechos vulnerados, realizamos una denuncia ante la Justicia de Moreno», reconstruyó Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM, en diálogo con Tiempo.
«La jueza, en su resolución, reconoció el grado de certeza y la gravedad de las irregularidades que sucedían en esta comunidad terapéutica. Pudo constatar que la dignidad de las personas allí alojadas estaba vulnerada, por eso ordenó el pleno acceso a la salud y a que reciban trato digno», repasó el abogado.
Y también señaló que se respeten los derechos que les otorgan «la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Nacional». En este marco, «la magistrada dio curso al habeas corpus colectivo y correctivo que nosotros presentamos en diciembre y que ella resolvió semanas atrás», remarcó.
Todos los usuarios permanecían con sus derechos vulnerados en la Comunidad Terapéutica Despertar, ubicada en calle Rocha Blaquier al 2251, en La Reja, partido bonaerense de Moreno. La Justicia respondió a casi todo lo que señaló el organismo de Derechos Humanos.
«La jueza contestó casi todas las vulneraciones que expusimos en nuestra denuncia, porque después fueron constatadas por el propio personal judicial especializado, es decir, médico, psicólogos y trabajadores sociales. Vieron con sus propios ojos las injusticias -dijo el letrado- que padecían los usuarios de la comunidad terapéutica», completó.
«Encontramos muchas irregularidades administrativas, falta de habilitación municipal y provincial. Cuando le preguntamos al director del lugar, Gonzalo Martino, aseguró desconocer los trámites y requisitos exigidos para la habilitación. Ante la falta de documentación de la institución, las personas permanecen en esa comunidad terapéutica bajo privación ilegal de la libertad y secuestro», denunció el abogado.
Cipriano aseguró que allí se incumplía con la Ley de Salud Mental. «Respecto a la modalidad de abordaje, administración irregular de medicación, régimen de vida restrictivo con utilización de la modalidad premio-castigo. También alojaban a los menores de edad junto con personas adultas».
Y completó apuntando. «También había ausencia de atención médica y de servicio de emergencia, condiciones materiales irregulares y riesgosas, falta de control de legalidad de las internaciones y de acceso a la justicia». Además, «incumplían con la Ley de Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado», argumentó el abogado.
El habeas corpus colectivo y correctivo se realizó el pasado diez de diciembre a través del trabajo del equipo interdisciplinario del Programa de Salud Mental de la Comisión Provincial por la Memoria. Fueron quienes realizaron un monitoreo en la Comunidad Terapéutica “Fundación Despertar”. Finalmente semanas atrás la jueza dictó su resolución.
Durante el diálogo con el director de la comunidad terapéutica. «Nos dijo que ni siquiera contaban con un listado actualizado y completo de las personas allí internadas. Entonces, los integrantes de nuestro equipo procedieron a realizar la enumeración en ese mismo momento», reconstruyó.
«Registraron veintitrés personas, entre ellas un menor de edad y varias provenientes de las provincias de Córdoba, Santa Fe y Corrientes. Pero nosotros, luego nos dimos cuenta que en realidad había dos personas más, además de las que fueron informadas por las autoridades de la comunidad terapéutica», enfatizó el secretario ejecutivo.
Y completó. «Es por todo esto que la jueza María Alejandra Galati, resolvió hacer lugar a la acción de habeas corpus colectivo y correctivo que presentamos en favor de las personas alojadas en esta comunidad terapéutica. También prohibió nuevos ingresos hasta que se resolviera la situación de las habilitaciones correspondientes, tanto municipales como provinciales».
«Galati también intimó copias de las actuaciones libradas al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y al área de Salud de la Municipalidad de Moreno. Lo hizo para que presenten a la brevedad un plan de acción que será consensuado en conjunto con nosotros», finalizó el secretario ejecutivo.
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