Las compañías actúan como agentes de retención para sus trabajadores, pero ellas lo pagan con declaración jurada, descontando comprobantes fiscales y licuado por inflación.
Según un informe elaborado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), a partir de las diferentes normas que se fueron sucediendo en las últimas décadas, el 11,1% de los asalariados están alcanzados por el impuesto. El piso fue el 8,1%, en 2007, y el techo, el 29,5% que debió pagar en 2020 y en 2013.
El estudio de CEPA, basado en datos de AFIP, indica que el impuesto a las ganancias para la cuarta categoría (asalariados) representa el 52,1% de lo que se recauda por impuestos a las ganancias sobre personas humanas, que a su vez equivale al 32,3% de lo que recauda ese impuesto, que representa el 18% de la recaudación total. Por eso, la cuarta categoría explica el 3% de la recaudación fiscal general.
En la actualidad, conviven un piso bajo de ingresos para el pago de ganancias con tramos muy ajustados entre alícuotas. El economista Sergio Arelovich explicó a Tiempo que «por la estructura obsoleta de la tabla de tramos, es improbable que un trabajador caiga en las primeras escalas, con lo cual la mayoría está bajo alguna de las tres alícuotas más altas que gravan, con el 27, 31 y 35%. Es un sistema de cálculo abstruso que requiere ser modificado».
El agente de retención de ese impuesto para los asalariados son las empresas para las que trabajan. Pero son las mismas compañías las que, mediante una declaración jurada, pagan su impuesto a las ganancias a año vencido, licuado por inflación y con la posibilidad de deducir todos sus gastos comprobados.
Para Sergio Arelovich «las empresas, una vez que definen el pago de ganancias anual cuando presentan sus balances, están obligadas a generar anticipos que son once y son todos iguales y, a lo sumo, están ajustados por inflación. Tienen certezas, que es algo que no tienen los trabajadores que reciben descuentos imprevistos por ganancias que generan una enorme irritación».
Además, Arelovich explicó que «la empresa presenta sus balances y cualquier comprobante fiscal a su nombre lo puede deducir de su ingreso y el impuesto termina siendo un residuo, un resto neto. En el caso de los trabajadores, los salarios no son un importe neto sino lo que figura en el recibo de sueldo y no pueden deducir comprobantes fiscales como las empresas. Son montos generales que incluyen el mínimo no imponible y la deducción especial».
El especialista señaló que «si el conjunto de los gastos necesarios superan esa suma, te jodés. Ese es el máximo que permiten deducir que, además, está sujeto a un cálculo y una actualización que no está asentada en ningún criterio técnico sino en una negociación».
Los trabajadores, dice Arelovich, «tienen congelados ítems como los seguros de vida o los intereses de los créditos hipotecarios. Hay un tratamiento desigual con las empresas que pueden deducir todos los comprobantes fiscales como gastos. El trabajador no puede deducir la luz, el gas, el teléfono o los gastos de enfermedad».
Esta situación, asegura, deriva en que «entre 1998 y 2021, en promedio, las empresas pagaron un 4% de impuesto sobre sus ventas mientras que los salarios, en promedio, pagaron un 15%».
Hernán Letcher, director del CEPA, explicó que según datos del Indec las empresas industriales «pagaron en materia de impuestos en promedio entre 2017 y 2022 el 5% del valor de sus ventas».
El especialista indicó que «en ganancias es muy difícil de determinar cuánto pagan porque pueden adelantar. Hay muchas empresas que, incluso, les da negativo. Inflan los gastos sobre ventas y bajan el resultado, que es engañoso porque si ganan 100, le meten una factura de 40 de otra empresa. De esa manera, por ejemplo, afectan a accionistas minoritarios o pagan menos ganancias. También evaden mandando ganancias a empresa en el extranjero».
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