Comenzó el juicio a cinco prefectos por el crimen de Rafael Nahuel

Por: Santiago Rey

El joven fue asesinado en 2017, en Villa Mascardi.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca, en Río Negro, dio en la mañana del martes inicio al juicio que se sigue a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017, en Villa Mascardi, Bariloche.

De acuerdo con lo previsto, la audiencia de hoy, con un cuarto intermedio al mediodía, se desarrollará hasta las 15.

En el recinto se encontraban esta mañana presentes los padres de Rafael, Alejandro Nahuel y Graciela Salvo.

En tanto, los cinco imputados -Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- participaban hoy de la audiencia en forma virtual, conectados a través de la plataforma Zoom.

La audiencia comenzó con la lectura del requerimiento de elevación a juicio por parte del secretario del Tribunal, presidido por el Juez Alejandro Silva.

Mientras tanto, fuera de la sede tribunalicia, en una plaza céntrica de la ciudad de General Roca, un grupo de integrantes de organizaciones y comunidades mapuche se manifestaba en reclamo de justicia.

Al ingreso al Tribunal, el vocero de la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro, Orlando Carriqueo, aseguró a Télam que «se está juzgando a un Estado racista que mató a un joven que luchaba por sus derechos y por su identidad».

El dirigente mapuche cuestionó además el tiempo transcurrido desde el asesinato hasta el desarrollo del juicio y el lugar elegido para su realización.

«Hacer el debate de esta causa a 600 kilómetros de Bariloche, implica una violación al derecho de participar de mucha gente mapuche que quería acompañar a la familia para protestar por este asesinato», apuntó Carriqueo.

El día del asesinato, miembros del grupo de élite Albatros que integraban los acusados, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5, se topó territorio adentro con integrantes de la comunidad.

Según se desprende de la instrucción de la causa, tras dar la voz de alto y arrojar una bomba disuasoria, recibieron piedrazos como respuesta y comenzaron a disparar, primero con munición no letal, luego con balas de plomo.

Nahuel recibió por la espalda un disparo con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5 y el proyectil ingresó por su glúteo izquierdo y lesionó órganos a su paso por el interior del cuerpo del joven mapuche.

La Prefectura cumplía una orden del por entonces juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, quien requirió que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes, y en el que fueron detenidas cinco mujeres de la comunidad.

El magistrado había dado la orden de desalojo a partir de una denuncia por «usurpación» realizada el 17 de noviembre por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi.

La comunidad Lafken Winkul Mapu, había anunciado a principio de ese mes la «recuperación» de unas 10 hectáreas -de las 710 mil que posee el Parque Nacional Nahuel Huapi- en esa zona de Villa Mascardi. Una semana después se produjo el desalojo y la posterior incursión de los Albatros que terminó con la muerte de Rafael Nahuel.

La causa FGR 027423/2017 caratulada «Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada», de la cual es querellante Alejandro Nahuel, padre de Rafael, tiene como procesados al cabo primero Cavia por el delito de «homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa» y a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros como «partícipes necesarios» del hecho.

La carátula con la que la causa llegó a esta instancia de juicio oral fue criticada por las querellas que representan a la familia de Nahuel, a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Bariloche.

Los representantes legales de la Secretaría de Derechos Humanos buscarán probar durante el juicio que se trató de un homicidio calificado, dado que no hubo por parte de los prefectos una «legítima defensa», sino una actuación que desbordó «todos los límites de los cánones legales de acción ante una situación como la sucedida».

«La acusación no nos satisface. No estamos de acuerdo con esa figura. Para nosotros es homicidio calificado. La estrategia apunta a demostrar la coautoría de los cinco implicados», indicó el Director de Violencia Institucional de ese organismo, Mariano Przybylski.

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