Tras cuestionar a uno de los peritos, los jueces decidieron dejar en libertad a los condenados. La querella anticipó que apelará el fallo. "Vamos a seguir luchando", dijeron los padres de la joven.
El fallo de la Sala I benefició a los condenados Carlos Damián Cassalz, Marcelo Ezequiel Escobedo y Hugo Martín Cabañas, quienes recibieron la inmediata libertad.
Los jueces Daniel Carral, Víctor Violini y Ricardo Maidana cuestionaron la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de San Martín y absolvieron por mayoría a los acusados, al validar la apelación de la defensa oficial que contó con el apoyo de la organización de derechos humanos Innocence Project bajo la figura de “amigos del tribunal” (amicus curiae).
En minoría, el camarista Maidana propuso sin éxito anular el juicio realizado en 2021 en el que se dictó un veredicto condenatorio y realizar un nuevo debate. De todas formas, de manera unánime, los tres jueces cuestionaron, entre otros puntos, la labor de uno de los peritos de parte que aportó pruebas fundamentales para el caso, el adiestrador canino Marcos Herrero.
Además, el juez recordó que un tribunal mendocino lo “encontró culpable por plantar evidencia falsa en la búsqueda de Viviana Luna, al ser contratado por su familia en la provincia de Mendoza” y recibió una pena de 8 meses de prisión condicional.
La fiscal Daniela Bersi y el abogado que representa a la familia Fulles, Diego Szpigiel, aseguraron que analizarán los fundamentos del fallo y posiblemente apelen ante la Suprema Corte bonaerense.
“El fallo hace hincapié en lo endeble de la prueba en función de ciertas particularidades del adiestrador de canes Herrero”, explica a Tiempo Argentino, el abogado querellante, Diego Szpigiel. “Mandan a hacer un protocolo de que hubo un adiestrador cuestionado y no una doble verificación o sea que otro perro que también verifique las circunstancias no se puede establecer la fuerza de la prueba. Se meten en cuestiones absurdas y postulan que no había cámaras entonces no se puede determinar si Araceli fue o no para donde estaban estas personas. Ahora pareciera que los crímenes deben estar todos filmados”, agrega.
Para el camarista Maidana, como para los otros jueces el tribunal que realizó la otra condena, “ignora la complejidad del planteo que hizo la defensa sobre la actuación de Marcos Herrero. Expresa que “no se limitaba a los aspectos puramente formales de su intervención (como el cumplimiento de los protocolos sugeridos en la búsqueda de personas, los avales del instructor, las certificaciones de su perro particular o la rigurosidad científica de su método, aunque estos cuestionamientos también se hicieron y no fueron respondidos con seriedad, ya de por sí no menores), sino sobre el temor fundado de que su actuación haya sido ilegítima”, dijeron en el fallo.
Luego, criticaron con énfasis “las consecuencias directas” que tuvo la actuación de ese perito “en la formulación de la hipótesis acusatoria y en la propia existencia de la prueba de cargo esencial que se valoró en contra de los acusados, pues, en definitiva, la constatación del olor de la víctima dentro del corralón depende de la fiabilidad que se asigne a las afirmaciones de Marcos Herrero, cuando dijo que su perro le comunicó el reconocimiento de aquel olor”, aseguró. Para el magistrado, “resulta inexplicable que los jueces no hayan examinado los antecedentes de Marcos Herrero, ni la posibilidad de que haya sido él quien colocó, de manera intencional, diversos elementos que luego simuló encontrar con sus perros con el objeto de mostrar el éxito de su labor”.
“Se puede afirmar que la ausencia de evidencia física que corrobore empíricamente la presencia de la víctima en el corralón, en el auto o en los objetos que marcó el perro, se explican a partir de la actuación de Marcos Herrero. Ya vimos que existen buenas razones para sostener que (al igual que lo hizo en otros casos judiciales), fue la persona que colocó los objetos que luego dijo ‘encontrar’ durante la búsqueda de Araceli y con su ‘olor’, para mostrar el éxito de su tarea y, con el mismo objetivo, bien pudo direccionar y transmitir las marcaciones de su perro dentro del corralón, ‘prueba’ esencial sobre la que se edificó el caso de la fiscalía y la condena del tribunal”, destacó.
Mónica Ferreyra es la mamá de Araceli Fulles. La noticia la tuvo por su abogado. “Me cayó como un balde de agua fría, como si me hubieran golpeado todo el cuerpo”, dice a Tiempo Argentino un rato después de conocido el fallo. “No estoy cayendo en todo lo que está pasando, estoy angustiada quiero recuperar fuerzas para volver a empezar a luchar. Ellos tienen que estar presos. Ellos declararon que eran los asesinos y ahora salen. Yo a mi hija no la saco nunca más del cementerio”, explica la mujer.
Cuando estaban investigando, cuenta Mónica, la familia tuvo que insistir para que buscaran a la joven donde la encontraron. “Mi hijo insistió en que fuéramos al lugar donde estaba mi hija porque los investigadores nos llevaban para otra parte, pero nunca para el lugar donde ella estuvo con vida. El día que dijeron ir para ahí, largaron los perros y los perros solos se fueron para la casa de Badaracco, ¿qué van a decir que Herrero plantó el cuerpo de mi hija?”
A ella y a su familia la amenazaron con abrirles una causa, piensa que eso mismo puede haber pasado en Mendoza con Herrero. “También dicen que a mi hija no las tomaron las cámaras, pero a los asesinos sí”.
Por su parte, Ricardo Fulles el papá de Araceli, dice a Tiempo que están viviendo un muy mal momento con esta noticia. “Estos jueces que ya han trabajado mal en otros casos. Estos tipos pueden seguir matando personas porque antes amenazaban a la gente que sabía algo del crimen de mi hija. Si hubieran sido inocentes por qué amenazaban”, se pregunta. “En cualquier momento vamos a tener otro muerto”.
La liberación de los condenados pone el peligro también a los testigos que declararon en la causa y que ya fueron amenazados en otras ocasiones. “Nosotros vamos a seguir luchando, aunque a nuestra hija no nos devuelvan más”.
El juicio por el femicidio de Araceli Fulles comenzó el 13 de septiembre del 2021, al que llegaron siete personas como acusadas pero todas ellas en libertad, aunque a raíz de una serie de amenazas hacia familiares de Araceli y testigos, dos de ellos fueron detenidos con prisión preventiva.
Finalmente, el TOC 3 condenó a prisión perpetua a Cassalz, Cabañas y Escobedo y absolvió por falta de pruebas a Hernán Rodrigo Badaracco, Carlos Antonio Ibarra, Daniel Alaniz y los hermanos Jonathan y Emanuel Ávalos.
Además, los jueces señalaron como coautor del hecho a Darío Badaracco, quien había sido detenido en la causa, pero murió el 13 de abril de 2019, luego de haber permanecido internado cinco días en un hospital de la ciudad de Olavarría tras ser atacado a golpes y quemado con agua caliente por dos compañeros de celda en el penal de Sierra Chica.
El hecho ocurrió durante la noche del 2 de julio de 2017 cuando, según el TOC 3, alrededor de las 7 de la mañana la víctima se dirigió hacia un corralón que era propiedad de Cassalz, donde “se produjo su muerte violenta”, en la que Darío Badaracco, Marcelo Escobedo y Hugo Cabañas fueron considerados como los responsables de causarle a la joven una “asfixia mecánica” por “estrangulamiento a lazo” con un elemento compatible con precintos plásticos.
La escena del crimen fue validada por los jueces a partir del “marcamiento positivo de olor” del can “Halcón” de Herrero, que dio cuenta de la presencia de Araceli en la oficina, baño y terraza del corralón.
Finalmente, tras 25 días de búsqueda, el cuerpo de Araceli fue hallado el 27 de abril debajo de unos escombros, en el patio de la casa de Darío Badaracco, ubicada en Alfonsina Storni 4477, de José León Suárez, partido de San Martín, tras la intervención de perros pertenecientes a los Bomberos Voluntarios de Punta Alta.
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