El procurador dictaminó que el Tribunal Superior de Justicia de CABA no tiene competencia para revisar las decisiones de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial. Luego de este rechazo, la causa deberá ir a la Corte.
Casal dictaminó que el TSJ no está habilitado para revisar las decisiones de la Cámara en lo Comercial, cuya única instancia de apelación es la Corte Suprema de Justicia.
“Opino que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene competencia para revisar la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial”, sostiene el dictamen, de ocho páginas, al que accedió Tiempo.
En varios incidentes de la causa por la quiebra de la empresa Correo Argentino S.A., los abogados de SOCMA (la firma controlante) habían sostenido que después de la Cámara en lo Comercial, el siguiente paso de revisión debía ser el TSJ.
En esa instancia, una suerte de Corte de la Ciudad de Buenos Aires, dos de los cinco jueces -Marcela De Langhe y Santiago Otamendi- fueron designados durante la gestión de Horacio Rodríguez Larreta. Otamendi, incluso, fue viceministro de Justicia durante el gobierno de Cambiemos, en la gestión de Germán Garavano.
La nueva mayoría automática se completa con Inés Weinberg de Roca, la jueza a la que Macri propuso como procuradora general de la Nación, tras la forzada salida de ese cargo de Alejandra Gils Carbó.
En este caso en particular, Casal rechazó los planteos que apuntan a remover de la causa por la quiebra de Correo Argentino S.A. a la jueza Marta Cirulli y a la fiscal Gabriela Boquín.
“Se discute la competencia del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para revisar una sentencia dictada por la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en un proceso judicial en el que no se controvierte la competencia de este último tribunal”, enunció el fiscal.
En ese contexto, se remitió a un dictamen firmado por el procurador adjunto Víctor Abramovich en junio pasado, en otro caso en el que se intentó que el TSJ interviniera ante una apelación no ya en una causa ante el fuero Comercial sino ante el Civil.
Se trata de un reclamo de los familiares del artista plástico León Ferrari al periodista Gabriel Levinas por la venta de obras de arte, cuyo producido no fue rendido económicamente.
La Sala A de la Cámara Civil condenó a Levinas a que “rinda cuentas” sobre 88 mil dólares más intereses de una década por una decena de obras de arte “en el marco del contrato de mandato otorgado por el señor León César Ferrari del Pardo para la exhibición y venta de las obras de arte objeto de litigio, en forma documentada y bajo apercibimiento de hacerlo a su costo”.
Levinas apeló también ante el TSJ, pero el procurador Abramovich sostuvo que “no existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la potestad de revisar una sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones con asiento en esta ciudad”.
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