La asignación será por 4 meses e incluirá al ámbito público y al privado y estará a cargo del Estado nacional.
Así lo dispuso el gobierno nacional a través del decreto 315 publicado este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Salud, Gines González García.
Según establece la norma, durante los meses de abril, mayo, junio y julio recibirán esa asignación estímulo los profesionales que «que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVD-19».
En los considerandos de la norma, se indica que «su exposición al riesgo de contagio es mayor que el de las demás personas» y que su trabajo «resulta esencial para alcanzar los objetivos de mitigación y los protocolos de actuación definidos por la Autoridad Sanitaria».
El decreto abarca a «los trabajadores y las trabajadoras profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia».
Según el texto, el pago de la asignación es de carácter no remunerativo, estará a cargo del Estado nacional y su pago está sujeto a la efectiva prestación de servicios (asistencia). Si durante esos meses la persona no hubiera cumplido con la asistencia al lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la asignación se ajustará proporcionalmente, con excepción de los casos afectados por Covid-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa.
Los establecimientos deberán hacer un listado con el personal en forma de Declaración Jurada, y la AFIP queda facultada para verificar la veracidad de las declaraciones presentadas.
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