Anibal Fernández fue condenado por inculpar a un dirigente del Partido Obrero

Por: Néstor Espósito

El ex jefe de gabinete había responsabilizado a José María Escobar por el incendio de un tren, cuando nunca fue imputado por tal delito.

El ex jefe de Gabinete y ministro de Justicia durante el kirchnerismo, Aníbal Fernández, fue condenado a indemnizar con 50 mil pesos a un dirigente del Partido Obrero al que acusó por el incendio de una formación del ferrocarril Sarmiento en 2008 en las estaciones Merlo y Castelar.

Fernández fue condenado por los daños y perjuicios que le causó al dirigente José María Escobar durante una conferencia de prensa en la que lo acusó de haber iniciado el incendio de una formación prendiendo fuego un buzo, colocándolo adentro de un balde y arrojándolo al interior del tren. El funcionario pronunció aquella imputación en una rueda de prensa en Casa de Gobierno en la que estuvo acompañado por el entonces secretario de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, el hoy fiscal Carlos Stornelli.

Lo concreto es que Escobar -patrocinado en esta causa por los abogados María del Carmen Verdú y Daniel Stragá- ni siquiera estuvo imputado por aquellos hechos. Pese a que Aníbal Fernández “sostuvo en los medios que los pasajeros eran militantes del Partido Obrero y que quien dirigió toda la operación fue él”, no fue detenido, ni acusado, ni mucho menos condenado por ese episodio.

Hubo, sí, diez detenidos, pero por el delito de robo, “en particular, por la sustracción de monedas contenidas en las máquinas expendedoras de boletos”.

La jueza subrogante en lo Civil y Comercial Federal Alicia Bibiana Pérez consideró que también el Estado Nacional tiene responsabilidad por los perjuicios que sufrió el dirigente del PO. “Siempre que el acto ilícito obrado por el agente que desempeñó una función subordinada para el Estado ha sido realizado en ejercicio o con motivo de su función falta de servicio, el Estado queda comprometido”.

Además, también avanzó sobre los alcances y responsabilidades de la libertad de expresión: “Un enfoque adecuado de la seriedad que debe primar en la misión de difundir noticias que puedan rozar la reputación de las personas impone propalar la información atribuyendo su contenido a la fuente pertinente, utilizando un tiempo de verbo potencial o dejando en reserva la identidad de los implicados en el hecho”.

Aníbal Fernández había dicho: “Hay una cantidad importante de militantes del Partido Obrero. El que dirigió toda la operación, en este caso, es un militante del Partido Obrero, que se llama José María Escobar, que es preceptor de una escuela, debería haber estado trabajando en ese momento. La gente que está presente es la que dice que esta persona es la que se quita un buzo, lo mete dentro de un balde, lo prenden fuego, cuando el buzo prendió fuego lo tiran adentro con eso y comienza el incendio de los siete vagones”.

El fallo replicó: “No se encuentra probado, ni tampoco se infiere, que el Sr. Escobar haya prendido fuego un buzo y lo haya arrojado; además, no fue llamado a declarar ni fue imputado en la causa penal iniciada como consecuencia de los hechos acontecidos”.

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