Lo dispuso la interventora de la Agencia, Cristina Caamaño, y así establece el carácter público de buena parte del personal que se mantenía bajo secreto.
Según lo dispuesto a través de la resolución 1471/20, usarán de ahora en más sus nombres reales los agentes que se desempeñen en la Dirección General, la Dirección de Comunicación e Información Pública, la Dirección de Asuntos Internos, la Unidad de Auditoría Interna, al Gabinete de Asesores, y la Escuela Nacional de Inteligencia.
La nueva norma también rige para quienes se desempeñan en la Secretaría de Administración y Apoyo -con excepción de la Dirección de Seguridad y Custodia- y la Secretaría de Planificación de Inteligencia Nacional, con sus áreas dependientes.
En todos estos casos, quienes se desempeñen en esas áreas no utilizarán «ningún tipo de nombre supuesto o identidad reservada y/o encubierta, tanto dentro como fuera del ámbito” de la AFI.
La resolución 1471/20 instrumenta así lo previsto en el decreto 1311/2015, que en parte de su articulado establece una “clara diferenciación fundada en las características de las tareas al determinar la clasificación de la información sobre la identidad e identificación del personal”.
La norma, de este modo, establece el carácter “secreto sin excepciones” para el personal abocado a tareas de inteligencia; “secreto con facultad para exceptuar” a quienes realizan tareas de seguridad; y «público» para una amplia gama de agentes del organismo.
En esta última calificación está el personal de planificación y dirección estratégica, gestión de la comunicación institucional, gestión de asistencia jurídica, gestión económica y financiera, gestión de recursos humanos, gestión de infraestructura y patrimonio, gestión tecnológica, docencia e investigación y cualquier otra tarea de asistencia a las labores del organismo.
Caamaño entendió que las áreas relevadas de la reserva de identidad “no realizan actividades de inteligencia nacional”, por lo que concluyó que “no existe ningún tipo de riesgo para la seguridad de la información ni en las funciones asignadas a esta agencia”.
Los regímenes profesionales de los tres escalafones, previstos en el decreto 1311/2015, habían sido reemplazados por el decreto 656/2016, derogado por el presidente de la Nación al momento de decretar la Intervención del organismo.
En la resolución, Caamaño subrayó que el decreto instrumentado por la administración anterior “restauró el principio del secreto” que fue “utilizado con arbitrariedad para eludir las normativas vigentes en relación a la gestión del personal y ejecución transparente del presupuesto”.
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