El TOF 2 de San Martín les redujo las penas a 10 y 12 años de cárcel a Emilio Morello, Horacio Linari y Martín Sánchez Zinny, encontrados culpables por secuestro, tormentos y asesinato.
La decisión que benefició a los tres represores fue emitida por el juez Néstor Costabel del Tribunal Oral Federal 2 de San Martín, el jueves pasado, a partir de un cambio de calificación realizado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal al revisar la causa.
Los tres exmilitares fueron encontrados culpables en agosto de 2022 por crímenes de lesa humanidad cometidos contra 5 personas: el secuestro el 14 de junio de 1976 en Haedo de Pedro Oscar Martucci y Rocío Ángela Martínez Borbolla frente a los hijos de ella, Bárbara de 8 y Camilo de 4; y el operativo represivo del 10 de julio de 1976 en la imprenta del PRT ERP en la localidad de San Andrés (partido de San Martín), en el que fueron secuestrados el dirigente Pablo Pavich y una persona sin identificar y fue asesinado Jorge Emilio Arancibia.
Durante el debate, el ex conscripto Hugo Travi, que fue parte del operativo, reconstruyó el momento de la muerte de Arancibia: “El hombre sale corriendo hacia la fábrica, cuando pasa el portón ahí le disparan (los soldados que estaban afuera) y cae en el piso. Sale Sánchez Zinny que andaba con una itaka recortada. Mientras caminaban empezó a los gritos, que estos son los hijos de puta, que matan a tu madre, a tu hermana. Empezó a dar una arenga. Cuando llegaron a donde estaba caído, y ahí es la parte que no me olvido nunca más en mi vida, que todavía me atormenta, Sánchez Zinny le vuela la cabeza de un itakazo. Le quedó la cabeza destrozada”, dijo Travi y comentó que luego Sánchez Zinny gritó “Viva la patria”.
En junio pasado, los jueces de Casación Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky consideraron que el asesinato de Arancibia, herido cuando intentaba escapar y luego rematado en el piso, se trató de un homicidio simple y no agravado. Sostuvieron que no hubo alevosía ni existió el concurso premeditado de dos o más personas, como había señalado el TOF 2 de San Martin en agosto de 2022.
Ese fallo de la Sala IV de Casación habilitó a las defensas, entre los que se encuentran María Laura Olea y Ricardo Saint Jean, a reclamar la reducción de la pena, que es lo que el juez Costabel finalmente concedió días atrás. No sólo las redujo, sino que las penas que otorgó, entre 10 y 12 años, están casi en el mínimo de la escala para ese delito, que es entre 8 y 25 años de prisión.
El argumento, tanto de Casación como del Tribunal, es que “Sánchez Zinny, Morello y Linari no quisieron la muerte de Arancibia de forma directa ni indirecta, sino que simplemente tenían conocimiento y voluntad de realizar el operativo de cerco, sabían que había gente adentro, conocían el modo en que la maniobra se realizaría y, en ese contexto, aceptaron la posibilidad de que la muerte del nombrado se produjera”, según resumió el juez Costabel.
“Es tremendo lo que pasó”, dice a Tiempo Bárbara García, querellante en el juicio por el secuestro de su mamá, Rocío Borbolla. “Esperamos tantos años que se hiciera el juicio, esperamos la condena de cadena perpetua y lo que menos podíamos imaginar que les iban a bajar la pena. Esto los habilita no solamente a que puedan pedir salidas transitorias sino también la libertad condicional. Es una locura, porque tenemos un montón de pruebas: el testimonio de Travi, mi testimonio, que lo vi en primera persona a Sánchez Zinny, que quiso matar a mi hermano y a mí”, agrega.
“Yo lo que quería era la cárcel común para Sánchez Zinny. Estamos hablando de genocidio, de exterminio de seres humanos, de que yo no sé dónde está mi mamá, y me lo paso en homicidio simple. Es un delirio, se está perdiendo la memoria, no tenemos justicia, están tapando la verdad y yo siento que todos estos años de lucha están siendo en vano, que somos muy pocos los que realmente ponemos el cuerpo”, advirtió.
La querella que lleva adelante Bárbara con el patrocinio de Pablo Llonto, no puede apelar la decisión ya que el fallo no se refiere al secuestro de Barbolla sino al homicidio de Arancibia. El Ministerio Público Fiscal sí recurrirá ante la Cámara de Casación para que se revise el nuevo monto de las penas y deberá ir hasta la Corte Suprema de Justicia para que se revea el cambio de calificación que ordenó la Sala IV en junio.
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