En el caso del trabajo remoto, de aprobarse se convertirá en ley. Se trata de una regulación para quienes realizan sus tareas a distancia. En el caso de la legislación de local de la deuda, si se aprueba deberá pasar por Diputados.
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En caso de que la primera iniciativa se apruebe se convertirá en ley, ya que cuenta con la sanción de la Cámara Baja. En el Senado obtuvo dictamen favorable el miércoles pasado en la Comisión de Trabajo, pero con algunas objeciones por parte de empresarios y legisladores de la oposición, como la reversibilidad del teletrabajo. En este punto se planteó que debería ser bilateral y con un plazo de pre-aviso, no como dice el proyecto que queda todo bajo el criterio del empleado.
El Frente de Todos tratará de aprobar la norma sin cambios, ya que, de hacerlo, el proyecto debería volver a la Cámara de origen, en este caso Diputados. La iniciativa no promueve el teletrabajo, sino que es un marco regulatorio que deberá ser definido por las negociaciones colectivas en cada actividad, ya que modifica la Ley de Contrato de Trabajo.
Entre los artículos el texto garantiza que la remuneración recibida por el teletrabajador no podrá ser menor a la que percibe un empleado que realiza sus tareas en modo presencial. Además, el trabajador podrá prestar su consentimiento para el teletrabajo de forma voluntaria y por escrito, y tendrá la posibilidad de revertirlo en cualquier momento de la relación contractual, si es que desea volver a las tareas presenciales.
Por otro lado, el proyecto también considera la figura del derecho a la desconexión digital y contempla las tareas de cuidado de menores de 14 años, personas mayores o con discapacidad. Además, el empleador deberá proveer los elementos de trabajo -software, hardware y otros-, y en caso de que el trabajador incurra en gastos extra, tendrá acceso a una compensación económica. De convertirse en ley entrará en vigencia recién 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus.
En cuanto al proyecto para reestructurar la deuda bajo legislación local, enviado por el Poder Ejecutivo el 16 de julio al Senado, propone una oferta que está en sintonía en un marco de equidad con la propuesta que la República tiene vigente en el marco del decreto 582.
La propuesta, que contiene 8 artículos y tres anexos, también tuvo dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda donde el bloque de Juntos por el Cambio, manifestó su acompañamiento, pero firmó dictamen en disidencia parcial, por considerar que se debía “afinar” la redacción de la iniciativa. De ser aprobado girará a la Cámara de Diputados.
“En esta ley hay un lineamiento entre el tratamiento que tienen los títulos emitidos bajo ley externa respecto a los títulos públicos emitidos bajo ley Argentina. Se incorporan la opción para títulos públicos en pesos y se difieren pagos hasta el 31 de diciembre de este año para aquellos acreedores que no deseen participar de la oferta”, explicó ante la comisión Diego Bastourre, Secretario de Finanzas de la Nación.
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