Smartmatic será investigada penalmente por presunto fraude contra el Estado

Por: Néstor Espósito

La jueza Servini de Cubría quiere saber si las autoridades nacionales abonaron $ 4500 millones "por un sistema plagado de deficiencias". La firma simuló ayer el escrutinio del 27 de octubre.

La empresa venezolana Smartmatic, encargada del proceso de recuento de votos en las PASO y la misma que este sábado realizó el simulacro de escrutinio para el 27 de octubre, será investigada en un expediente penal por presunto “fraude contra el Estado”. Así lo dispuso la jueza federal con competencia electoral María Romilda Servini, quien declaró la incompetencia de la Justicia Electoral para investigar la denuncia del ex precandidato a jefe de Gobierno porteño Leonardo Martínez Herrero, un abogado que se postuló por el Partido Dignidad Popular, una vertiente peronista cuyo referente a nivel nacional es el conductor televisivo Santiago Cúneo.

La decisión de la jueza significa, como primera conclusión, que lo que se investiga no es un delito electoral (que establece penas sensiblemente menores a las del Código Penal para este tipo de casos). Martínez Herrero explicó en su denuncia que “se vio obligado a mirar con mayor detenimiento los acontecimientos relacionados con el proceso electoral, al que siguiera siempre como interesado en el crecimiento de este país y a tono con su militancia en la arena política”.

Así, pudo detectar que hace menos de un año, el 29 de octubre de 2018, se aprobó la contratación del servicio de digitalización de las actas de escrutinio de cada mesa de votación para la transmisión desde un centro especialmente equipado en cada local de comicio con señal de internet, denominad CTE (Centro de Transmisión Electoral) y se adjudicó al Correo Oficial de la República Argentina, por un monto total de 290 millones de pesos. Poco después “se aprobó la locación del equipamiento vinculado a la transmisión de imágenes al Correo Oficial, por parte de la empresa Educ.ar, del Ministerio del Interior, por 210 millones. Además, las computadoras necesarias para la digitalización de las actas o telegramas de las mesas de votación debían ser abonadas por el Ministerio del Interior y no por el proveedor del servicio.

Toda esa ingeniería puesta en función del proceso eleccionario falló. De hecho, la misma noche del 11 de agosto el sistema dejó de funcionar por un lapso y los datos que debían ser reportados en torno a las 21 sufrieron –en lo formal- una hora y media de demora. En ese período, el presidente, Mauricio Macri, salió públicamente a reconocer la derrota y, sin un solo cómputo oficial, mandó a la ciudadanía “a dormir”.

Martínez Herrero denunció, en ese contexto, a los responsables de Smartmatic SA y los funcionarios públicos de Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio del Interior y Correo Oficial de la República Argentina.

Servini comenzó a instruir la causa como competencia electoral. Y así corroboró que previo a las PASO “las pruebas realizadas habían fallado y contaba el programa con algunas falencias para el recuento provisional de los votos, situación ésta que generó dudas y temores en la gran mayoría de las agrupaciones participantes del comicio”.

Entonces adoptó la decisión de escindir la investigación: por un lado, designó veedores y tomó recaudos para que, sin eliminar a Smartmatic del proceso (lo que, en los hechos, pudo haber puesto en riesgo la realización misma de los comicios), el funcionamiento del servicio para el que fue contratada estuviera bajo una estricta supervisión judicial. Por el otro, estableció que es necesario investigar penalmente “si el Estado Nacional abonó efectivamente la suma de 4500 millones de pesos por un sistema plagado de deficiencias”.

El fiscal electoral, Jorge Di Lello, coincidió con ese segundo criterio. “De la lectura del escrito inicial y la testimonial brindada por el Dr. Martínez Herrero se desprende que la intención del denunciante es verificar si el proceso de licitación y las erogaciones monetarias en las que incurrió el Estado argentino se encuentran dentro del marco de la ley o si existió un posible fraude al estado que implica haber contratado un servicio que no cumple mínimamente con lo requerido y pagado por el propio Estado. Siendo entonces que el objeto de denuncia es un hecho de relevancia en materia penal, por resultar ajena a esta jurisdicción especial y restrictiva, no corresponde que la justicia Federal con competencia electoral intervenga, sino que deberá intervenir el fuero federal penal de esta Capital Federal”.

El fuero federal penal, queda claro, investiga delitos penales. ¿Cuáles? La respuesta está contenida en un párrafo de la página 6 de la resolución de Servini: “Cuadra referir que la conducta antes detallada podría guardar relación con las prescripciones de los artículos 172 y 173 del Código Penal, cuyo conocimiento recae sobre el Magistrado del Fuero Federal de esta ciudad que por turno corresponda”.

En el capítulo cuarto del Código Penal, bajo el título de “Estafas y otras defraudaciones”, el artículo 172 –mencionado por Servini- dispone que “será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”.

El artículo 173, al que también aludió la jueza, considera “casos especiales de defraudación” y castiga a quien “defraudare a otro en la substancia, calidad o cantidad de las cosas que le entregue en virtud de contrato o de un título obligatorio; a quien tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de estos” y a quien “defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos”.

En el Código Electoral, en cambio, las penas más graves son prisión de seis meses a cuatro años para quienes  “falsifiquen formularios y documentos electorales”, o de uno a tres años para el que “falseare el resultado del escrutinio”. Esos delitos electorales no están descartados, pero la resolución indica que, además, hay que investigar si también ocurrieron los otros.

La denuncia de Martínez Herrero señalaba, además, que “el Ministerio del Interior giró 290 millones de pesos para que el Correo Argentino contrate un servicio general de digitalización de la totalidad de los telegramas de todas las mesas del país y dicha empresa terminó contratando a Smartmatic que no solo no puso una sola máquina (las PC las pagó el Ministerio del Interior, como vimos, y los scanner los pagó el Correo), y el servicio terminó resultando un fracaso absoluto. En estas condiciones, parece inevitable investigar el posible fraude al Estado”.

El fiscal Di Lello y la jueza Servini les dieron la razón.

No obstante, y pese a que el fallo ordena “la elevación de estas actuaciones a conocimiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal» a fin de que determine el Juzgado del fuero que deberá continuar con la pesquisa, el expediente aún no tiene asignado quién investigará a Smartmatic y a los funcionarios que decidieron su contratación. «

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