Rechazan a Menéndez nuevo pedido del 2×1

Es en el marco de la causa Videla-UP1. Ya se le había sido negado respecto de de la sentencia del juicio por los crímenes de La Perla.

El Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba rechazó hoy una solicitud del genocida Luciano Benjamín Menéndez para obtener el beneficio del 2×1 en el marco de la causa Videla-UP1, que ya le había sido negado respecto de de la sentencia del juicio por los crímenes de La Perla, dos de sus numerosas condenas a prisión perpetua.

El proceso oral de la causa Videla-UP1 se llevó adelante en Córdoba en el 2010 y condenó a Menéndez, que era jefe del Tercer Cuerpo de Ejército en Córdoba, y al dictador Jorge Rafael Videla, entre otros represores.

El 23 de mayo pasado, los jueces Jaime Díaz Gavier y Julián Falcucci, del Tribunal Oral Federal 1 rechazaron el pedido de Menéndez en la megacausa La Perla para obtener el beneficio del 2×1 en los términos del cuestionado fallo de la Corte Suprema, que por primera vez aplicó ese cómputo de la pena de prisión a un caso por delitos de lesa humanidad.
Menéndez es el represor del país con más condenas a prisión perpetua por crímenes del terrorismo de Estado.

Una parte de la resolución conocida hoy señala que «Luciano Benjamín Menéndez ha sido condenado por este Tribunal a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua, por la comisión de gravísimos delitos, enmarcados dentro de la categoría internacional de ‘delitos de lesa humanidad'».

En otro fragmento, agrega que «Menéndez resultó condenado por la comisión de privación ilegal de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia, por durar más de un mes y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada (seis hechos en concurso real); imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima (treinta y ocho hechos en concurso real), homicidio calificado por alevosía y por el concurso de pluralidad de partícipes (treinta hechos en concurso real), tormentos seguido de muerte (un hecho); lesiones graves calificadas (un hecho) todo en concurso real», al respecto de la causa Videla- UP.

Entre los principales argumentos del fallo, el TOF1 recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció pautas en cuanto al «deber de investigar las violaciones de los derechos humanos y procesar a los responsables y evitar la impunidad».

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