Después de las elecciones suspendidas -parcial o totalmente- en San Juan y Tucumán, y con los comicios en Formosa bajo riesgo, una presentación judicial comenzó a poner nubarrones electorales también en la provincia de Buenos Aires. El presidente del Partido Política Abierta para la Integridad Social (PAIS) de la provincia de Buenos Aires, efectuó este lunes, con el patrocinio del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, una “acción declarativa de inconstitucionalidad” contra el artículo 4º de la Ley 15.315, “por ser contrario a los artículos 1º, 5º y 75 inciso 22 de la Constitución argentina y a los estándares delimitados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva Nº 28/2021”.
El artículo objetado ante la Corte establece: “Los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior”.
En este contexto Alva recordó que en 2016, con la gobernación a cargo de María Eugenia Vidal, se sancionó una norma que limitó la reelección de los intendentes a un solo período.
Según lo argumentado por el presidente del partido PAIS bonaerense en la demanda, en la actualidad hay 91 intendentes sobre los 135 que tiene la provincia de Buenos Aires que cuentan con la posibilidad de ir por un nuevo mandato extendiendo su gobierno en el territorio “por 12 años”. Es decir, tres períodos.
“No existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder, mucho mas aun, si consideramos a la democracia sustancial sostenida por los derechos fundamentales y los derechos humanos como la base de sustentación del Estado constitucional y convencional de derecho argentino”, argumentó.
También, sostuvo que el artículo 4 de la ley 15.315 “genera una objetiva afectación al principio republicano” y que presuntamente viola el artículo 5 de la Constitución Nacional que establece que “cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional”.
¿Las PASO bonaerenses, en riesgo de suspensión?
Asimismo, la presentación solicitó: “Vengo a solicitar que se dicte una medida cautelar de no innovar mediante la cual se ordene la suspensión de la aplicación del artículo 4 de la ley 15.315 respecto de las PASO que se celebrarán en la provincia de Buenos Aires el 13 de agosto de 2023 hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa”.
El impacto de esta presentación es incierto pero potencialmente preocupante, una vez más, para el peronismo. Puede ser la primera herramienta a mano para que la Corte Suprema comience a asediar las aspiraciones de varios jefes comunales peronistas, como paso previo a intentar voltear a las autoridades del PJ bonaerense. Por lo pronto, al menos una parte de las fuentes partidarias consultadas por este medio estaban intentando conocer el origen político de la acción.