La jueza que tomó el expediente tras la suspensión de Carzoglio consideró que no hay pruebas suficientes para llevar a juicio al vicepresidente de Independiente, investigado por supuesta asociación ilícita en el club.
La magistrada sostuvo que, de la prueba recolectada en la pesquisa, «no existen elementos que sindiquen la supuesta autoría o participación del encausado en los hechos imputados», según la resolución firmada a la que tuvo acceso Télam.
Ante esto, Madrid dispuso el «sobreseimiento total» del Pablo Moyano en la causa en la que había sido indagado, al hacer lugar a un planteo de su defensor Daniel Llermanos.
La investigación gira en torno a supuestas maniobras de la barrabrava del club vinculadas a la reventa de entradas, cobro de cuotas por fuera del club, extorsiones y amenazas.
«He de mencionar que luego de un pormenorizado análisis de las presentes actuaciones y del conjunto de los elementos de juicio ya citados por la Fiscalía de intervención, considero que los mismos no me permiten formar la convicción sincera acerca de la responsabilidad del imputado», concluyó la magistrada de Avellaneda.
Según el fallo, «de los elementos recolectados en la presente investigación, no se desprende de ninguna de ellas la participación del mismo en los hechos objeto de estudio», se agregó en alusión a Pablo Moyano.
La titular del juzgado de garantías 1 de Avellaneda-Lanús firmó la resolución en virtud de un pedido de elevación a juicio que había hecho el fiscal del caso, Sebastián Scalera.
Esta elevación a juicio en relación a Moyano fue respondida con un rechazo y planteo de sobreseimiento por inexistencia de delito por parte del abogado defensor.
Scalera acusó a Moyano por diferentes hechos delictivos vinculados a la asociación ilícita que, según su acusación, operó en Independiente hasta noviembre de 2017 y por la cual sí fueron procesados otros acusados enviados a juicio.
Moyano fue involucrado en los hechos por uno de los detenidos en la causa, Pablo «Bebote» Alvarez, jefe de la barrabrava del club al momento de los hechos.
Entre los delitos figura la reventa de entradas, el cobro de cuotas por fuera del club, extorsiones y amenazas.
Al disponer el sobreseimiento de Moyano, la jueza de garantías sostuvo que «no es un dato menor que Alvarez se encuentra imputado por el mismo hecho en el marco de la causa principal.»
«Sin descartar la posibilidad de que efectivamente haya existido algún tipo de reunión entre miembros del club y la denominada barra, no existe prueba alguna que acredite que en el marco de las mismas Pablo Moyano haya acordado la formación de una banda delictual», analizó la jueza en su fallo de 17 carillas.
También sostuvo que «con los elementos colectados, no se puede poner en cabeza del enjaretado la ocurrencia de diversos hechos delictivos, ni se ha constatado la existencia de delitos particulares en donde el mismo haya tenido participación».
La decisión de la magistrada podría ser apelada por la fiscalía.
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