Jorge Luis Guarrochena, exmiembro del Servicio de Inteligencia Naval, es el único imputado por casi 400 hechos cometidos durante la dictadura. Logró ser identificado por una foto que pudo extraer el sobreviviente Víctor Basterra.
Esta es la primera vez que Guarrochena es juzgado por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. El exmarino integró la jefatura de Inteligencia del Servicio de Inteligencia Naval (SIIN) y la Jefatura de Inteligencia Naval (JEIN) del Estado Mayor General de la Armada, en los que se desempeñó en áreas de contrainteligencia y como enlace con la jefatura de Inteligencia del Ejército y con el Batallón 601. En democracia, durante el menemismo, se sumó a la SIDE como asesor en la Secretaría de Prensa y Acción Psicológica en el área de Planeamiento.
En la ESMA era conocido bajo el alias de “Raúl”. Sobrevivientes de la ESMA ubicaron a un integrante del grupo de tareas con ese alias en varios períodos, como miembro de Operaciones y de Inteligencia.
El dato clave para identificar a Guarrochena como “Raúl” fue aportado por Víctor Basterra, quien fue obligado durante su cautiverio a realizar trabajos forzados y a confeccionar documentación falsa para los represores. En el caso de Guarrochena, hizo un documento con el nombre de “Carlos Alberto Encina” y, con la vuelta de la democracia, logró sacar esa foto del centro clandestino de detención y aportarla junto a más de 70 que integraron su presentación ante el CELS.
Durante la instrucción de la causa, se hizo un reconocimiento de esa foto y un peritaje a través de expertos de la Policía Federal, por lo que no quedaron dudas que “Raúl”, “Encina” y Guarrochena son la misma persona.
“Ese sujeto estuvo en el año 1981, 1982 y 1983. No recuerdo en qué meses del año 1981. Lo vi en el sótano, en el COY y en el lugar llamado “los Jorges”, que estaba en un ala lindante con la Escuela Raggio, allí estaban las jerarquías del grupo de tareas. Es un hombre que provenía de Acosta, Vildoza y Perren», relató Basterra.
Cuando fue su turno de declarar ante el TOF 5, Guarrochena decidió no hacerlo. En sus indagatorias previas, se vio obligado por las pruebas aportadas por Basterra a reconocer que estuvo en la ESMA entre 1982 y 1983 como parte de Grupo de Operaciones Especiales de la Armada (GOEA), nombre que reemplazó al Grupo de Tareas 3.3.2.
Sostuvo que estuvo abocado a tareas de inteligencia secretas por la Guerra de Malvinas y que por debió hacerse ese documento falso como cobertura, pero que no participó del terrorismo de Estado. Sobre los períodos anteriores en los que fue reconocido por sobrevivientes, señaló que en todos ellos había estado destinado en alguna embarcación o alguna otra localidad.
Guarrochena llegó procesado por secuestros, tormentos, homicidios y apropiaciones que tuvieron como víctimas a casi 400 personas. Junto a él también estaba imputado Gerardo Enrique Ferrer, exjefe de la Compañía B de Ceremonial de la ESMA, quien murió antes del comienzo del debate. Otros dos procesados en esta causa, Carlos Alberto Bengoechea, quien llegó a ser jefe de la Armada, y el vicealmirante retirado Juan Lombardo, también murieron luego de que fuera elevada a juicio.
Si bien pudo verse hoy en vivo el comienzo del juicio, el presidente del tribunal, Fernando Canero, rechazó el pedido del medio comunitario La Retaguardia para trasmitir la etapa testimonial y por el momento sólo podrá seguirse de manera virtual una vez que comiencen los alegatos. Las querellas, entre las que se encuentran la Secretaría de Derechos Humanos, el CELS y otros organismos de derechos humanos, cuestionaron esta decisión y ahora el pleno del TOF 5 deberá expedirse sobre este pedido.
Si bien ya es un argumento sin sentido a más de 40 años de los hechos, algunos jueces, en particular de Comodoro Py, siguen sosteniendo que los testigos pueden “contaminarse” con los dichos de quienes declararon antes. La mayoría de los tribunales del país ya permiten que medios o el mismo Poder Judicial difunda los debates completos, en particular los vinculados con el terrorismo de Estado, por el valor simbólico que tienen y el aporte que hacen a la memoria colectiva sobre la dictadura.
Desde la Cámara Federal de Casación ya se recomendó “arbitrar los medios para transmitir la audiencia a través de plataformas tecnológicas idóneas, a fin de garantizar la publicidad del acto”. El Código Procesal Penal también establece criterios específicos para limitar esa trasmisión, como puede ser si se ve comprometida la intimidad o seguridad de una persona, pero privilegia la publicidad de los juicios.
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