La imputada trabajaba en una empresa privada que prestaba servicios tercerizados durante la gestión cambiemita. Para acusarla por abuso de autoridad la consideraron funcionaria.
«MMLPQTP» es la sigla de la expresión «Mauricio Macri la p… que te parió», un cántico acuñado durante su presidencia como expresión de rechazo a su gestión.
No es el grado de ofensa lo que está en tela de juicio. La empleada, cuya identidad permanecerá en reserva, afronta una acusación penal por dos delitos: daño y abuso de autoridad. Por el primero, la descripción específica del Código Penal establece que la pena será de tres meses a cuatro años de prisión cuando el «daño» fuera ejecutado a «sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público». En cuanto al «abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos», la ley determina penas de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo. La imputada, además, fue embargada hasta cubrir la suma de medio millón de pesos.
La causa se inició a partir de la querella del propio Macri por la alteración de sus datos en la base Mi Anses. El 4 de julio de 2018, a las 19:34, –según la acusación– la imputada «modificó el dato del campo destinado al ‘Domicilio electrónico de Notificación’, escribiendo en tal espacio MMLPQTP@HOTMAIL.COM». El 19 de octubre a las 12:05 horas, fueron modificados los campos destinados al número telefónico y al nombre de la calle del domicilio real colocando en ellos las leyendas «FORRO» e «HIJO DE P…», sin comillas y con mayúsculas.
Las alteraciones fueron realizadas mediante un usuario desde una terminal operativa asignadas a la imputada, quien se desempeñaba en «la prestación del servicio brindado al público, a través de la línea 130 del mencionado organismo estatal».
Macri cree que no es suficiente con juzgarla y eventualmente condenarla sólo a ella. Va por más. A través de sus apoderados, el exfiscal Pablo Lanusse y su colega y socia Jimena Pisoni pidió que sean indagados otros trabajadores como supuestos co-responsables de aquellas expresiones desdorosas.
La Cámara Federal, en un fallo firmado por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, coincidió en que están dadas las condiciones para que la mujer vaya a juicio. ¿Quién es la acusada? Trabajaba para la firma privada Atento-Citutech S.A., contratada por Anses para el servicio de atención a consultas y reclamos de los usuarios. Sus defensores argumentaron que no se probó que fuera ella quien adulteró los datos de registro de Macri. En su indagatoria explicó que «en la oficina en la que trabaja era habitual que los empleados se intercambiaran los usuarios de acceso al sistema de Anses de acuerdo con las necesidades cotidianas». Pero los jueces Farah e Irurzun replicaron que «esa es una versión que no encontró hasta ahora respaldo en evidencia concreta, a lo que se le suma que tampoco se encontraron datos que lleven a postular alternativas investigativas en torno a ellas».
La defensa también argumentó que la mujer «no se desempeñó formalmente como funcionaria pública, sino que trabajaba para una empresa privada que brindaba un servicio tercerizado para Anses». Farah e Irurzun sostuvieron que «la incorporación formal a la administración pública no es la única y exclusiva razón que legitima la imputación de delitos funcionales, sino también, y por encima de las consideraciones administrativas, la simple participación en el ejercicio de funciones públicas».
Así, la imputada pasó a revestir el carácter de funcionaria pública para soportar una acusación penal, pero no para gozar de las estabilidades laborales y otros beneficios que otorga el convenio colectivo de trabajo de los estatales. Una de dos: o es «funcionaria pública», o no lo es. Paradoja: Si sobre la base de esa dualidad que establece el fallo penal intentara reclamar ante la Justicia laboral su status de trabajadora del Estado seguramente sería acusada de formar parte de esa perversa deformación colectiva bautizada por los recortadores de derechos como «industria del juicio».
El juez Boico, en disidencia, subrayó que «la imputada no decidía –ni ejecutaba– actos que representaran la voluntad del Estado, ni intervenía en nombre del interés de aquel. (…) No puede ser considerada funcionaria pública en los términos requeridos por el Código Penal».
Aún con el criterio mayoritario que sí la considera «funcionaria pública», tampoco se entiende por qué se la encuadra en esa figura. El artículo 248 del Código castiga al «funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere». La mujer no hizo ninguna de esas cosas.
Cuando el expediente estaba a punto de pasar a juicio oral, los apoderados de Macri promovieron la indagatoria de otros trabajadores, a los que acusaron de «ratificar» las alteraciones en la base de datos de Mi Anses. Uno de ellos trabaja en la Unidad de Atención Integral (UDAI) de la ciudad bonaerense de San Pedro y otro en la de Tandil, el terruño natal de Macri.
No parecen conectados entre sí, pero los abogados Lanusse y Pisoni pidieron un entrecruzamiento telefónico para establecer si hubo entre todos una suerte de complot entre ellos para perjudicar al expresidente. «
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Fíjense el disparate que implica este juicio, frente a los problemas sociales y económicos de toda índole que provocó el desgobierno del querellante.
Es increible que un ex presidente, que propiciaba el escrache, que corrompio jueces, que hacia alarde de su machismo "elogiando culos" , que espió a ciudadanos con estructura estatal y que dejo al pais en bancarrota , propicie este tipo de acciones. Utiliza a la justicia como si fuera propia. ue dejo al Pais