No hay “excarcelaciones masivas” sino prisiones domiciliarias. Excarcelación significa libertad; domiciliaria implica que el detenido cumple el encierro en su domicilio en lugar de hacerlo en una cárcel común. Amado Boudou, Luis D’Elía, pero también Carlos Capdevila, ex médico de la ESMA condenado por delitos de lesa humanidad, están presos. En sus casas, pero presos.
Los fallos plenarios de los máximos tribunales penales del país, la Casación Federal, la porteña y la bonaerense, parten de un razonamiento básico. Las cárceles están superpobladas; la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Cruz Roja internacional y el propio Estado argentino sostienen que el Covid19 se previene –entre otras herramientas- con el distanciamiento social.
La provincia de Buenos Aires tiene capacidad para 24 mil presos pero hay actualmente unos 50 mil detenidos. El distanciamiento social es imposible.
Se alzan voces que exigen: “Si los presos están hacinados que construyan más cárceles”. Sin embargo no se escucha a nadie proponer que en lugar de más cárceles se construyan más fábricas y más escuelas, para que en un par de generaciones –tal vez- las cárceles sean menos necesarias.
Los fallos de las Casaciones establecen, además, que las morigeraciones del encierro e incluso eventuales excarcelaciones no corren para delitos de sangre. Un condenado por delitos sexuales, por violencia de género, por homicidio doloso o cualquier otra forma de delincuencia de ese tipo no está contemplado en esas resoluciones.
¿Puede pasar que alguno obtenga la domiciliaria, pese a ello? Sí. Será un error, y habrá que corregirlo urgentemente. ¿Podría ser el resultado del accionar de un juez corrupto? Sí. Hay jueces venales, capaces de vender su honra. También hay periodistas venales. Ningún sistema es perfecto.
También es cierto que el Estado, en todas sus jurisdicciones, no está en condiciones de controlar el cumplimiento de la prisión domiciliaria. Pero esa es otra discusión, pendiente, que debería enmarcarse en una pregunta central para el sistema judicial argentino: ¿cuál es el sentido de la pena?
Si bien queda claro que no hay una oleada de excarcelaciones, desde los títulos de portada de los grandes diarios y también desde estamentos oficiales o para-oficiales se agita ese concepto.
La Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación (AFFUN) difundió un documento en el que “manifiesta su preocupación por el aprovechamiento desmesurado e inadecuado (de la pandemia) para el tratamiento de excarcelaciones de personas privadas legítimamente de su libertad, causando una confusión y zozobra en el ya afectado marco social general, y en especial en las víctimas y sus familiares”.
Es cierto: hablar de “excarcelaciones” en lugar de “domiciliarias” causa “confusión y zozobra”. Tiempo consultó a uno de los fiscales encargados de difundir el documento: ¿por qué hablan de excarcelaciones si en su gran mayoría son prisiones domiciliarias?”. La respuesta fue: “porque en algunos casos debe haber mechado alguna excarcelación”.
Títulos apocalípticos hablan de 1.700 presos excarcelados con la “excusa” del coronavirus. Esa falacia i siquiera tiene mínimos visos de verosimilitud. La jueza de Ejecución Penal de Quilmes Julia Márquez, enfática en su oposición a los fallos de las Cámaras de Casación, reconoció que en los últimos tiempos fueron concedidas unas 2.300 prisiones domiciliarias en territorio bonaerense, pero sólo 415 se enmarcaron en el Covid19.
A nivel federal, las concesiones de domiciliarias salen en cuentagotas, en proporción de una o dos concedidas por ocho o nueve denegadas.
No obstante esos datos, y haciéndose eco de una deliberada falsedad semántica, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, advirtió que habrá juicios políticos para jueces que no respeten la Ley de Víctimas en el marco de la pandemia. Una verdad de Perogrullo, algo así como decir “el que no cumpla la ley será sancionado”. Claro; para eso está la ley.
Pero en el contexto político y con el clima social alentado desde tapas de diarios y portales de internet, las expresiones del legislador del Frente de Todos no suenan muy diferentes de las del ex presidente Mauricio Macri advirtiéndoles a los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero que su fallo excarcelando a los empresarios Fabián de Sousa y Cristóbal López “no es lo que habíamos quedado”. Ni Farah, ni Ballestero, continuaron en sus puestos.
A estas alturas es necesario establecer un umbral de comunes denominadores:
1 – Nadie proclama la impunidad en la Argentina. No hay (ni hubo) un solo fallo que diga “fulano de tal es culpable de tal delito, en consecuencia se lo declara inocente y se le otorga la libertad”. No lo hay.
2 – Las víctimas SIEMPRE deben ser escuchadas. Con ley o sin ella. Es un imperativo ético. Es allí donde el Estado debe hacerse presente con el acompañamiento, la comprensión, la empatía, la solidaridad y, sobre todo, con la Justicia.
3 – La Constitución Nacional dice que las cárceles deben ser limpias y sanas para la readaptación del condenado y no para su castigo. Esto no se cumple. Los presos que salen de la cárcel mejor de lo que entraron son excepciones. Y en eso hay responsabilidad, rayana en la delincuencia, de los tres poderes del Estado.
Con o sin pandemia, el sistema penal establece para los detenidos un régimen de progresividad hasta la recuperación definitiva de la libertad. Plantéese la siguiente hipótesis: un condenado cumple su pena hasta el último día, sin salidas transitorias, laborales, asistidas, libertad condicional, ni nada. Sale con la pena cumplida, es decir que ya no le debe nada a la sociedad, según establece la propia ley. Pero sale y vuelve a delinquir. ¿Para qué sirvió la pena?
Sentadas las tres premisas como comunes denominadores acaso haya llegado el momento de discutir en serio sobre qué hacer con los presos en la Argentina.
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