La acusación es por una supuesta golpiza a un militante de la CCC. Al igual que en otros juicios contra la líder social, la única prueba es un testigo. La decisión será el miércoles.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 –integrado por los jueces habilitados Ana Carolina Pérez Rojas, Mario Ramón Puig y Claudia Cecilia Sadir– emitirá su veredicto el miércoles en la causa en la que Sala llegó acusada de agredir junto con otras personas al entonces dirigente social Cristian «Luca» Arias y otros militantes de su organización social en un episodio de 2006. Los fiscales de Cámara Marcelo Cuellar y Diego Cussel solicitaron la pena de 5 años y 4 meses de prisión.
Es una causa típica de la factoría Morales: arrancó en 2016 con la declaración supuestamente espontánea de Juan Carlos Maidana, que estaba preso desde 2009, y la radicó en el juzgado del juez Pablo Pullen Llermanos, el mejor empleado del gobernador en la persecución de la líder de la Tupac Amaru. El expediente había sido archivado y hasta la aparición sorpresa del testigo, Milagro no había sido nombrada.
«El denominador común (de las causas contra Sala) es la inexistencia de pruebas en su contra, la presencia de un solo testigo como es el caso de la causa de los huevos, de la balacera y el de Luca Arias. También el armado de las causas y la participación, qué casualidad, de los mismos funcionarios: Diego Cussel por la fiscalía y el juez (Pablo) Pullen Llermanos», remarcó la abogada Paula Álvarez Carrera, defensora de Sala junto a Ariel Ruarte.
La aparición del testigo Maidana es tan espontánea como la de René «Cochinillo» Arellano, el único testigo que brindó la versión que el Tribunal Oral Federal de Jujuy utilizó para condenar en diciembre de 2016 a Sala por instigación en la causa de los huevos contra el entonces senador Morales. Lo mismo ocurrió en el juicio de las bombachas, donde Milagro fue absuelta pero la Cámara de Casación revocó ese fallo.
Los hechos ocurrieron el 3 de junio de 2006 en el marco de una reunión de organizaciones sociales con el entonces , ministro de Infraestructura y Planeamiento de la provincia, Luis Consentini. Los fiscales acusan a Sala –que entonces estaba en la CTA– de llegar junto a 15 personas y atacar a Arias y Maidana a golpes. Para la defensa, en cambio, fue un choque entre dos grupos políticamente enfrentados, una riña en la que no se pudo identificar a los agresores de Arias. El agredido, en tanto, murió de leucemia ocho meses después, por lo que los fiscales sólo aportaron la versión de Maidana.
En su declaración, Milagro señaló que era ridículo pensar que ella pudo haber lastimado a Luca, un hombre corpulento que medía 1,70, pesaba 90 kilos cuando ella no alcanza el metro sesenta y es delgada.
«La expectativa es que a Milagro la absuelvan porque no se pudo comprobar en el debate fehacientemente que ella efectivamente le haya causado las lesiones a Luca Arias», explicó Álvarez Carreras.
Sala está sentada en el juicio por obra y gracia de Pullén Llermanos, el mismo que le negó la domiciliaria pese a la medida cautelar de la CIDH, el que le hizo una cárcel particular en El Carmen y que luego la mandó a la cárcel de Salta.
Maidana no había denunciado nada hasta 2016. «Apareció repentinamente», explicó la abogada. Y eso fue algo que Álvarez Carrera y Ruarte hicieron notar en el alegato: lo llamativo que resultaba que el preso supiera a qué juez dirigirse y que lo hiciera con una nota escrita en computadora y firmada por él. «En su declaración de 2016 dijo que la había hecho en un juzgado y en el juicio nos dijo que la había hecho en el servicio penitenciario. Mintió. Nosotros creemos que Pullen Llermanos buscó esa causa. Llevó a Maidana al penal para que firme la nota y falsean parte del procedimiento: a partir de esa nota ordena el traslado para la indagatoria y a partir de esa testimonial reactiva la investigación. O sea, una causa armada», resumió la abogada.
El miércoles los jueces darán su veredicto. Milagro lo esperará en prisión domiciliaria en su casa del barrio Cuyaya, la misma donde fue a detenerla el 16 de enero de 2016, hace ya 1210 días, el ministro de seguridad de Morales, Ekel Meyer. «
Cuestionan el fallo de la Corte que favoreció a Techint en un juicio de lesa humanidad
Con un fallo que pone en crisis la parte civil del binomio cívico-militar que configuró la dictadura argentina de 1976 a 1983, la Corte Suprema de Justicia favoreció a la empresa Techint al rechazar un reclamo indemnizatorio por parte de la hija de un trabajador desaparecido.
La decisión fue por mayoría: Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti consideraron que las acciones laborales destinadas a obtener la reparación de daños derivados de delitos de lesa humanidad, están sujetos a los plazos de prescripción de la normativa aplicable. Carlos Maqueda y Horacio Rosatti votaron en disidencia. Sostuvieron que el deber de reparar los daños derivados de los delitos del genocidio que atañen al Estado y las personas que los cometieron, no se extingue por el paso del tiempo.
La decisión se produjo en la demanda de una mujer contra Techint SA para obtener una reparación por la Ley 9688 de accidentes de trabajo por la desaparición forzada de su padre, Enrique Ingegnieros. La víctima era ténico dibujante en la empresa cuando fue secuestrado el 5 de mayo de 1977 por un grupo de tareas en horario laboral y en su lugar de trabajo. Pero la empresa pidió la prescripción.
«Pésimo fallo de la Corte Suprema. Al cerrar el paso a las demandas laborales desconoce el carácter cívico-militar de la dictadura», se quejó el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud. Y reclamó en sus redes sociales la puesta en funcionamiento de la Comisión Parlamentaria de investigación de responsabilidad empresarial en el terrorismo de Estado, aprobada hace tres años y que está pendiente de implementación. «
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