Sabina Frederic revocó el reglamento para armas y Taser, la creación del Servicio Cívico Voluntario en Valores y los controles poblacionales en trenes.
Así quedó dispuesto en la resolución 1231 del Ministerio de Seguridad, a cargo de Sabina Frederic, publicada en el Boletín Oficial.
En el artículo 1 de la resolución, se deroga la resolución de Bullrich por medio de la cual se aprobó el Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad, en tanto que el artículo 3 deroga el reglamento para el empleo de armas electrónicas no letales.
«Somos el Ministerio de Seguridad, no el de Justicia. La policía no hace justicia por mano propia. No podemos extinguir el proceso judicial», expicó la ministra durante una entrevista con Radio Metro.
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En los considerandos de la resolución, se indica que «autorizar la utilización del armamento letal ante el mero acaecimiento de una fuga, o de resistencia a una detención si quien lo hace no encuadra en una situación estricta de «peligro inminente» de ocasionar la muerte» -tal como indicaba el protocolo de Bullrich- atentaba «contra el principio de proporcionalidad y el de racionalidad del uso de la fuerza letal; principios que, junto con la excepcionalidad y la progresividad, rigen el accionar policial en el modelo de un Estado Democrático de Derecho».
«La habilitación del uso de armas letales por fuera de los principios de proporcionalidad, excepcionalidad, racionalidad y progresividad que deben regular su uso, configura una situación de riesgo para las personas víctimas de delitos, para personas ajenas al hecho y para los mismos integrantes de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad», advierte el texto.
Explica asimismo que «este uso ‘irracional’ incrementa la violencia en los hechos delictivos», «convierte en extremo cualquier enfrentamiento» y «estimula, por ende, el uso de armas por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad y por parte de quienes pretendan delinquir».
En cuanto a las armas Taser, se ordena que se elabore un protocolo que «regule integralmente las condiciones y recaudos bajo los cuales los cuerpos especiales de las fuerzas policiales y de seguridad que se hallen facultados para el uso de armas electrónicas menos letales, puedan proceder a su empleo, previa capacitación específica».
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«La ausencia de regulación sobre cómo debe utilizarse este armamento ocasiona una situación de peligro exponencial -pudiendo transformar su uso en letal-, toda vez que no se delimita claramente la distancia a la que debe ser utilizada el arma, los lugares del cuerpo donde pueden realizarse las descargas, cuánto deben durar las mismas, si pueden reiterarse, la población sobre la cual su uso debe estar totalmente prohibido, cómo proceder ante una posible descompensación, qué controles médicos deben realizarse con posterioridad a fin de no padecer problemas en la salud, entre muchas otras circunstancias», advierte la norma.
Por otro lado, la norma deroga también la resolución de julio de 2019 que creó el Servicio Cívico Voluntario en Valores, que había sido creado como «un ámbito de cohesión e integración social, dirigido a jóvenes de 16 a 20 años» e implementado por la Gendarmería Nacional, y se instruye para que «los objetivos y componentes del mismo vinculados a la educación, la salud y el bienestar, lo social y lo laboral, puedan ser asumidos y gestionados por las áreas competentes de la Administración Nacional».
En los considerandos, se indica que «las finalidades y funciones asignadas a la Gendarmería no guardan correlación -y mucho menos en el marco de una política pública de seguridad democrática- con los objetivos y fundamentos del Servicio Cívico Voluntario, de tal modo que las tareas encomendadas a esa fuerza son completamente ajenas a las competencias asignadas al Ministerio de Seguridad».
Por último, se deja sin efecto también la norma que creó el Programa Ofensores en Trenes, por medio del cual los efectivos de fuerzas de seguridad podían solicitar DNI a los usuarios de ese medio de transporte.
Según se establece, esta medida «criminaliza a los trabajadores mediante un exceso de controles innecesarios e injustificados», ya que «se trata de una herramienta que pone a disposición de las fuerzas policiales y de seguridad la posibilidad de reforzar criterios de selección y discriminación».
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