Según indica la ley, primero deberá llegar a un acuerdo con el fiscal y luego su aporte deberá ser homologado por el juez Alejo Ramos Padilla.
Claudio Fogar, su abogado, presentó el pedido ante el fiscal federal de Dolores, Juan Pablo Curi (letrado cercano a Comodoro Py), para que se presente en un plazo no menor de 15 días y así tener tiempo para preparar su declaración. El mecanismo para aceptar a un arrepentido requiere que su condición sea negociada con el fiscal y luego que se aceptada por el juez. Es decir que deberá convencer a Alejo Ramos Padilla y aportar información relevante sobre sus vínculos con la agencia de inteligencia, con funcionarios y políticos (entre los que resaltan Patricia Bullrich, Elisa Carrió, Mariana Zuvic y Paula Olivetto), con miembros de la prensa (como el periodista de Clarín Daniel Santoro) y con funcionarios del Poder Judicial, como el fiscal Carlos Stornelli.
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Todo esto podría ventilar D’alessio porque la figura del arrepentido requiere que la información que aporte debe apuntar a niveles de participación de su mismo nivel o sobre sus superiores, es decir, a quiénes respondía al espiar, presionar o chantajear a empresarios para que vendieran sus empresas, armar causas judiciales contra exfuncionarios del kirchnerismo. La letra de la ley 27.034 dice que “la información que se aporte deberá referirse únicamente a los hechos ilícitos de los que haya sido partícipe y a sujetos cuya responsabilidad penal sea igual o mayor a la del imputado arrepentido”.
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Por la misma causa también están detenidos los ex comisarios bonaerenses Aníbal Degastaldi y Ricardo Bogoliuk, y el ex agente de inteligencia, Rolando Barreiro. En la misma causa, se encuentra en rebeldía el fiscal Stornelli quien luego de decidirse finalmente a declarar mediante su abogado Roberto Ribas cambió de defensor y presentó a Juan Martín Cerolini, que por incompatibilidades legales debe ser aceptado por el juez Ramos Padilla.
En el primer procesamiento de D’alessio, el juez sostuvo que el supuesto agente de la AFI es “penalmente responsable del delito de asociación ilícita en carácter de miembro en concurso real con el delito de extorsión en perjuicio de Pedro Etchebest en carácter de coautor”.
En aquella resolución, el juez sostuvo que “de acuerdo a la documentación secuestrada D’Alessio llevaba a cabo operaciones de inteligencia y en particular ‘operaciones psicológicas’ sobre varios ciudadanos que luego eran extorsionados o coaccionados para decir o hacer algo contra su voluntad”.
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