Fabián Fernández Garello está acusado de participar en el secuestro de tres militantes comunistas durante la dictadura, cuando era espía de la Dirección de Inteligencia de la Policía Bonaerense (DIPPBA). La Comisión por la Memoria pide que lo suspendan.
El procesamiento fue ratificado por la sala 1 de la Cámara Federal de San Martín que rechazó los pedidos de nulidad y apelaciones interpuestos por la defensa de Fernández Garello y confirmó el procesamiento del fiscal general de Mar del Plata y otros seis agentes de inteligencia involucrados en la causa que investiga crímenes de lesa humanidad.
Están imputados por la privación ilegal de la libertad y tormentos de los militantes del Partido Comunista Jorge Oscar Bulacios, Ernesto Duarte y José Seitor, ocurridos el 23 de julio de 1981. El entonces oficial subinspector de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) Fernández Garello está señalado como integrante del operativo conjunto coordinado con oficiales de la Brigada de Investigaciones de San Martín y personal militar del Destacamento de Inteligencia 201 de Campo de Mayo, como también de otras diligencias posteriores.
La decisión de la Cámara, en línea con el procesamiento dictado meses atrás por la jueza federal de San Martín, Alicia Vence, reconoce que existen en la investigación judicial pruebas suficientes para avanzar con el proceso y llegar a la instancia del juicio oral y público.
Entre las pruebas, los jueces destacaron el valor del testimonio de los sobrevivientes y la coincidencia entre sus declaraciones. Pero principalmente remarcaron la documentación del archivo de la DIPPBA aportadas en la causa por la Comisión Provincial cuando impulsó la causa penal.
La sala I dio por acreditado que el operativo conjunto que terminó en el secuestro y torturas de los tres militantes comunistas se gestó en una reunión donde “el Jefe del Destacamento de Inteligencia 201 convocó a personal ‘idóneo’ de la Delegación de Inteligencia III de San Martín y de la Brigada de Investigaciones III de San Martín para que, con personal militar, procediesen a la identificación de una persona con numerosa documentación comunista –Bulacios-. Situación esta que desembocaría en la privación ilegal de las tres víctimas, su reclusión ilegal en el CCD Brigada de Caseros y el sometimiento a torturas físicas y psicológicas en el marco de los ‘interrogatorios´”.
Esa información quedó asentada en los documentos de la DIPPBA que están en custodia de la CPM dese el año 2000.
Según informó la Comisión, en base a ese material y a las declaraciones testimoniales en el expediente judicial se encontraría probadas las torturas sufridas por las víctimas. En su resolución, los jueces de la Cámara Federal de San Martín sostuvieron que “desde el mismo momento de sus detenciones, las técnicas y condiciones a que fueron sometidos en el traslado y en el centro clandestino de detención ubicado en la Brigada de Caseros, configuran un cuadro de padecimiento que se subsume en el concepto jurídico de tormento”.
Además del actual fiscal, están imputados los ex agentes de la DIPPBA Hugo Tresguerras y Daniel Ríos, los miembros de la Brigada de investigaciones de Caseros Guillermo Orstein, Ricardo Coronel y Hugo Cammarota, y Jorge Apa del Ejército, sobre quien pesan condenas previas por delitos de lesa humanidad cometidos en la dictadura y en la recuperación del cuartel de La Tablada en democracia.
Mientras la causa penal avanza, la CPM junto a una decena de organismos de derechos humanos y organizaciones sindicales exigen sin suerte la destitución de Fernández Garello. “Esta no es la primera muestra de protección política que recibe Fernández Garello”, denunció la CPM en un comunicado. Y señaló al procurador general bonaerense, Julio Conte Grand.
“Con el procesamiento firme por decisión de la Cámara, y ante la gravedad de los crímenes que se le imputan, no hay más margen de maniobra ni lugar para nuevas estrategias dilatorias que sigan garantizando la impunidad del fiscal”, denunció la CPM que reclama que el fiscal general sea suspendido y apartado de su cargo. “Una persona procesada por delitos de lesa humanidad no puede cumplir funciones en un poder de la democracia”, concluyeron.
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