Un grupo logró que una jueza de Rosario les reconociera el derecho a plantar cannabis medicinal y sentó precedente. Esta semana, otro juez ordenó a OSDE cubrir todo el tratamiento.
«Ya habían ido los médicos y los abogados a hablar –recuerda Erika Ato, una de las mujeres que cambió el paradigma–, pero una cosa es que te hablen desde el lado científico y otra que una madre te cuente que gracias al tratamiento pudo dormir ocho horas seguidas por primera vez en tres años o que otra te diga que volvió a comer en un restaurante después de ocho años porque su hijo ya no tiene convulsiones ni ataques. La jueza nos miraba con cara de terror y creo que eso fue decisivo, porque nosotras nos reunimos un jueves, y al miércoles siguiente salió el fallo».
El fallo, calificado de histórico, hizo lugar a un amparo colectivo presentado por un grupo de mujeres autodenominadas «Madres que se plantan» que les permitió continuar con la siembra y cosecha de marihuana para la elaboración de aceite, lo que alivia diferentes patologías como el Síndrome de Asperger, de Tourette, parálisis cerebral, hipoacusia y epilepsias.
«Terminamos con la hipocresía. Los antecedentes hablaban de que las madres se habían encontrado o ‘chocado’ con el aceite por miedo a que les imputen un delito, pero nosotras decidimos decir la verdad, que nosotras plantamos y usamos el cannabis casero para aliviar las patologías de nuestros hijos. La jueza nos decía que si queríamos ella nos podía mandar a pedir el aceite a Japón, y nosotras le contestamos que no queríamos empezar de cero con otro aceite, que una vez que habíamos controlado los síntomas no íbamos a interrumpir el tratamiento. Fue algo jugado porque no sabíamos que iba a pasar con nosotras, si íbamos a salir esposadas del juzgado», reconoce Erika.
Lo que sucedió fue todo lo contrario. El fallo de la magistrada ordenó al Estado nacional, a través del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, la operatividad en su «deber de plantar, cosechar, cultivar y acopiar la planta de cannabis y sus derivados a los fines del suministro gratuito e ininterrumpido a los amparistas del aceite medicinal».
En la resolución de Aramberri puede leerse: «Valoro especialmente la necesidad de procurar evitar cualquier retroceso ante los notables avances en la calidad de vida de los niños y sus familiares y las consecuencias disvaliosas que podría traer aparejada la interrupción».
Cobertura 100%
La acción de las madres, y la consecuente resolución de la Justicia, resultó un estímulo para muchas familias que luchan por mejorar la calidad de vida de sus hijos. Hace unos días, un juzgado federal, también en Rosario, condenó a OSDE a cubrir el total de los gastos de la importación de aceite de cannabis para una menor afiliada que padece síndrome de Lennox-Gastaut, una patología epiléptica grave.
Según consta en el fallo, la menor es discapacitada, con una enfermedad poco frecuente, y viene realizando tratamiento con aceite de cannabis. Por su parte, la prepaga alegó que para cubrir la prestación requerida era necesario que la paciente hubiera ingresado al Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (RECANN).
Los miembros del Tribunal, sin embargo, sostuvieron que la empresa de medicina «debe tener en cuenta que la Ley 26.689 promueve el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes y mejorar su calidad de vida y la de sus familias y, en este caso, el padecimiento de la afiliada se encuentra dentro del patrón descripto por la normativa».
«Cuando vos tenés un hijo con una patología de estas –explica Erika–, el médico te explica cómo va a ser tu vida y una entonces se prepara para ser una esclava, para tener una vida de porquería. Con la medicina legal los chicos están tan drogados que se la pasan babeando en un rincón. Descubrir el aceite te muestra que podés tener una vida normal, que tu hijo también puede sonreír, mirarte, comer, descansar. Es un despertar a la vida y nosotras defendemos eso. Las mamás también tenemos derecho a vivir». «
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