Tras el fallo de la Corte mendocina a favor de elegir Reina de la Vendimia, el Municipio de Guaymallén debió abrir la convocatoria

Por: Gabriela Figueroa

La Comuna había prohibido cualquier tipo de elecciones de reinas, princesas, embajadoras o concursos de belleza con el fin de resguardar a las mujeres de prácticas que reforzaran estereotipos de belleza. Pero el Tribunal Superior declaró "inconstitucional" la medida. El municipio acató la orden y ya publicó el llamado.

La polémica por la eliminación del concurso de la reina departamental de Guaymallén, en el marco del Fiesta Nacional de la Vendimia, llegó a su punto álgido con la intervención de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. La ordenanza 9196/21 que votó el Concejo deliberante fue declarada inconstitucional por amplia mayoría de los vocales. El municipio acató la orden judicial y publicó una convocatoria para retomar la tradición y elegir representante. La fiesta tendrá lugar el 4 de marzo próximo.

Los puntos importantes de la sentencia de la Corte mendocina

La sentencia de 131 fojas contó con el voto mayoritario de los jueces José Valerio, Julio Gómez, Teresa Day, Dalmiro Garay Cueli y Pedro Llorente. Entre los argumentos centrales, mencionaron: “Es evidente que si se está ante un instituto (Fiesta de la Vendimia) protegido y regulado mediante Leyes Provinciales en razón de su ser y carácter de patrimonio cultural de la Provincia, el ejercicio de las facultades políticas de legislación vinculadas con el gobierno de ese instituto, no han sido deferidas a los órganos deliberativos municipales y han quedado reservadas a la Legislatura”, según publicó el sitio web Ser y Hacer de Malargue.

“El municipio posee atribuciones para regular aspectos de las elecciones de representantes vendimiales, que hacen a la descentralización que de dichas designaciones dentro de un determinado espacio de reserva, pero dicho ejercicio de competencias, no puede tener por efecto la supresión del derecho que se intenta reglamentar, ya que dicha alteración de la sustancia del mismo, implica un exceso reglamentario vedado por el ordenamiento jurídico (vide art. 28 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución Provincial)”, establece. En concreto se declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 1 y 7 de la Ordenanza N° 9196/21 dictada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Guaymallén.

Por su parte, el juez Mario Adaro, expresó según su voto que “el Municipio de Guaymallén tiene la capacidad y la potestad para innovar, modernizar, adaptar la Fiesta vendimial y sus expresiones, conservando el patrimonio cultural, sin que por ello implique o apele a suprimir o prohibir la elección de la reina departamental, en pos del fundamento de prevenir la cosificación de la mujer.

Ambos derechos humanos fundamentales, la cultura y la protección de las mujeres, pueden convivir, ser compatibles, dialogar e interactuar, en un proceso de resignificación tanto de la cultura como del rol de la/s mujer/es en Mendoza”.

El voto en disidencia

Por el contrario, el juez Omar Palermo votó a favor de la constitucionalidad de la norma municipal. “La legitimidad democrática de la ordenanza viene dada por dos razones. Desde el punto de vista procedimental, la misma fue dictada por una amplia mayoría del Concejo Deliberante y sin votos en contra de ninguna de las fuerzas políticas que lo conforman.

El peso social y democrático de una votación casi unánime de concejales y concejalas en favor de los derechos de las mujeres no puede ser irrelevante a la hora de decidir sobre su inconstitucionalidad. Y, desde un punto de vista material, la legitimidad de la ordenanza se asienta en que expresa el modo en que la comunidad de Guaymallén entiende el respeto de los derechos y la protección reconocidos a las mujeres legal y convencionalmente”.

Entre otros puntos, el vocal destacó que “La ordenanza cuestionada no excede la competencia municipal en razón de que no existe ninguna disposición provincial que obligue a los municipios a elegir reinas departamentales”.

Las repercusiones en el Municipio

A pocas horas de que la decisión judicial tomara estado público, el Municipio emitió el siguiente comunicado en el sitio oficial: “Sin perjuicio de entender que la ordenanza municipal fue fruto de un amplio consenso democrático, cuyo objetivo es y será transformar los derechos de las mujeres en políticas de Estado, la Municipalidad de Guaymallén informa que realizará todos los esfuerzos necesarios para llevar a cabo lo resuelto por la Corte, respetando siempre la división de poderes como base del Estado de derecho”.

Marcelino Iglesias, intendente de Guaymallén (perteneciente a Juntos por el Cambio), ya había adelantado que acataría la decisión que tome el máximo tribunal. “Mi forma de pensar no cambiará porque es algo anacrónico, retrógrado y discriminador, pero vamos a cumplir el fallo de la Corte, sea cual sea. Ya que los fallos son para acatarlos y por lo tanto es un tema que se está cayendo por su propio peso”, declaró a la prensa.

Si bien Tiempo se contactó con la Dirección de Prensa del municipio para obtener comentarios sin obtener declaraciones, se pudo constatar que el sitio web publicó una convocatoria. «En cumplimiento con la resolución de la Suprema Corte de Justicia, la Municipalidad abre las inscripciones para las representantes distritales de Guaymallén, rumbo a la fiesta departamental de la Vendimia 2023».

De esta manera, quienes tengan interés podrán acercarse a las delegaciones y subdelegaciones municipales. Los días y horarios informados son los siguientes: viernes 27 enero, de 8 a 18 horas; sábado 28 de enero, de 9 a 13 horas; y lunes 30 de enero, de 8 a 15 horas. «Es importante mencionar que deben ser mayores de 18 años y haber residido al menos durante los dos últimos años en el departamento», concluye el comunicado.

Reina de la Vendimia, la norma cuestionada

Según los considerandos de la ordenanza N° 9196/21, la fiesta de la vendimia se ha visto desvirtuada lo que hace necesario resguardar a las mujeres de la degradación y la violencia “que generan este tipo de prácticas donde solo se mira y definen a la mujer por sus atributos físicos y estereotipos de belleza”. De esta manera, prohíbe expresamente la “organización, patrocinio y/o auspicio, por parte del Municipio de elecciones de reinas, embajadoras, representantes y princesas u otras denominaciones similares y concursos de belleza de personas, cualquiera sea su edad, en las distintas celebraciones locales o eventos públicos”.

Asimismo, establece que los fondos presupuestarios destinados a la elección de la llamada Reina de la Vendimia serían destinados a la implementación de políticas en materia de género.

La sanción generó tensiones dentro del radicalismo y en Cambiemos, banderas políticas que ostenta el intendente. Al tiempo de sancionarse, la Comisión de Reinas Nacionales de la Vendimia (Corenave) y la Comisión de Reinas de Guaymallén (Coreguay) presentaron una demanda ante la Corte para que habilitara la participación en las ceremonias vendimiales de Julieta Lonigro, la denominada “reina blue” de Guaymallén, quien había sido electa en una fiesta paralela, sin el aval municipal.

Según publicó Eno Life, en ese momento no hubo decisión judicial, y Julieta no pudo estar presente junto a las reinas oficiales. Al año siguiente, en la Fiesta 2022, al no haber nueva reina electa, Guaymallén envió a competir Sofia Grangetto, la reina de 2020. Asimismo, la Corte promovió audiencias públicas de carácter informativo para conocer las diferentes posturas de la ciudadanía al respecto. 

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