Un fallo de la Corte Suprema que avala la normativa que fija límites a la actividad extractiva contaminante en las áreas protegidas, no hizo otra cosa que jerarquizar su rol.
La máxima autoridad judicial del país puso freno a los 44 proyectos mineros cercanos o sobre cuerpos de hielo que están evaluados, según consta en un documento de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
La causa se había iniciado por un reclamo en 2011 de la empresa Barrick Gold, que explota el proyecto Pascua Lama, en la Argentina y Chile y concesionaria del emprendimiento Veladero.
“Celebramos el fallo, ya que no hay dudas que los glaciares deben ser protegidos. Este resultado responde, sin dudas, al reclamo que todas las asambleas del país y las organizaciones civiles han llevado adelante. El pedido de Barrick para que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional ha sido una jugada perversa que afortunadamente perdió. Ahora, resta que se haga efectivo el cumplimiento de la ley y que cierre Veladero. No podemos permitir más minería sobre los glaciares de los argentinos”, sostuvo Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace.
Por su parte, Enrique Viale, representante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, manifestó: «Barrick evidencia un histórico desprecio por la legislación ambiental de nuestro país. Siempre supo que su emprendimiento minero Veladero y el proyecto Pascua Lama violan la Ley de Glaciares, por eso la cuestionó judicialmente. Ahora no hay más excusas, desde hace años que venimos pidiendo la aplicación efectiva de la Ley de Glaciares, especialmente en las zonas donde están en peligro.»
En el mismo sentido se expresó el diputado nacional Daniel Filmus quien calificó al fallo de la Corte como “una muy buena noticia para las futuras generaciones y el medio ambiente”.
«Es vital que la Argentina proteja las reservas de agua de todo tipo de contaminación para nosotros, para nuestros hijos y para las futuras generaciones», agregó.
Por última, Pia Marchegiani, directora de Política Ambiental de Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), opinó: “Una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales”.
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