La Fundación Interamericana del Corazón Argentina relevó negocios: más del 80% no pone los productos con el octógono visible. Ya venció la prórroga para grandes empresas pero hay poco cumplimiento. Las estrategias de la industria para "contrarrestar" las advertencias que dicta la ley.
Ya sea una cadena grande o un comercio barrial, cuando se va al sector de bebidas, las botellas de gaseosas parecen conservar el viejo etiquetado. Pero si se gira el envase, en muchos casos se encuentra detrás la información que la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable ordena difundir. La confusión es grande: la norma se promulgó el 12 de noviembre de 2021, fue reglamentada el 22 de marzo de 2022 pero las grandes empresas obtuvieron una prórroga de 180 días para implementarla. Ese plazo se venció el 16 de febrero. Y para la pymes alimenticias se vencía el 20 de febrero, aunque todavía tienen derecho a una prórroga. Sin embargo, no existe información oficial y clara respecto del cumplimiento de la ley conocida como de Etiquetado Frontal. No se sabe cuáles son las grandes empresas que pidieron la prórroga y las que no, ni cuáles incumplen. Tampoco hay información sobre cuáles pymes solicitaron esta excepción. No se conoce cuántas sanciones se aplicaron y por qué montos. Ni hay información acerca de la cantidad de stock, lo que es vital ya que la ley permite que todo lo producido durante el período de prórroga pueda exceptuarse del etiquetado.
La Fundación Interamericana del Corazón (FIC) Argentina impulsa el desarrollo de la alimentación saludable como factor clave de prevención de enfermedades, en un país donde más de la mitad de su población tiene exceso de peso. Durante enero y febrero realizó un relevamiento donde hallaron que más del 80% de los supermercados no tienen los productos con el sello visible a los consumidores. “Para la evaluación seleccionamos seis supermercados de Capital Federal de distintos barrios, tanto grandes cadenas como comercios de cercanía, para garantizar que se abarque la mayor cantidad de productos y de marcas posibles. –remarca Leila Guarnieri, nutricionista e investigadora de FIC–. Consideramos aspectos propios del punto de venta que tienen que ver con la disposición en la góndola de los productos y si los sellos se encuentran visibles, sin que sea necesario mover el envase”.
También verificaron si los sellos cumplen con el tamaño y la ubicación correcta en cada envase así como las estrategias de marketing. “Nos fijamos si hay presencia de logos en las etiquetas con aval de sociedades médicas porque eso está regulado, también la declaración obligatoria de azúcares totales y añadidos, que es un punto que se agregó al Código Alimentario Argentino”.
Los incumplimientos que se encontraron fueron diversos: “detectamos que en el 83% de los comercios relevados, los sellos de los productos no se encuentran visibles al consumidor. Tiene que darlos vuelta o tomar el producto de la góndola, sobretodo tratándose de frascos y gaseosas”.
Otro aspecto fue el de las promociones: “aquellos productos que, por ejemplo, tienen 15% de descuento o 50% en la segunda unidad, no pueden tener el sello. Está en la ley que no se puede”. En el 67% de los casos detectaron este tipo de promociones en envases que tenían sellos de advertencia. Sobre todo aquellos que estaban cerca de vencerse.
Exhibir los sellos es fundamental para que la población elija con toda la información a mano qué prefiere comprar. En Chile la norma lleva más de 6 años: el 92% del público aseguró prestarle atención a los octógonos, y el 25% bajó su consumo de bebidas azucaradas. Aquí el Ministerio de Salud enfatiza que no tienen por qué caer las ventas de las marcas, sino que la mayoría puede reconvertirse.
“Está contemplado, en el marco legal, que haya un stock que si fue elaborado dentro de los plazos de prórroga no tienen obligatoriedad de sello –dice Guarnieri–. Pero no tenemos acceso a la información sobre el stock disponible”. A fin de obtener el listado de las empresas que pidieron prórroga, FIC presentó un pedido de acceso a la información en agosto de 2022. Desde la Agencia de Acceso a la Información Pública informaron que el Instituto Nacional de Alimentos es el organismo que debe publicarlo. Pero aún no emitió respuesta. “Sabemos que la implementación es muy gradual pero nunca tuvimos acceso a ese listado concreto de productos que tenían el beneficio de la prórroga, con lo cual tuvimos que basar nuestro análisis en suposiciones de que esas marcas están dentro del plazo y por eso no tienen sello”. «
Desde la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) justificaron la lentitud del cumplimiento de las marcas en que se experimenta “un cuello de botella” con los proveedores gráficos debido a la alta demanda de etiquetas. Y planean “estrategias” para contrarrestar a los octógonos negros. Una es implementar un QR que “compita” con el sello de la ley. Lo llaman un “complemento” para la toma de decisiones “más equilibrada” del consumidor. Otra es modificar el modo en que presentan la tabla nutricional de los envases, para hacerla “más clara y amigable», y la última: ofrecer el mismo producto en góndola con y sin sellos negros (con y sin los ingredientes que motivan los octógonos), “para que la persona decida si está dispuesta a resignar ciertos sabores y texturas en beneficio de su salud”.
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