El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de San Nicolás condenó a diecisiete años de prisión al ex miembro de la Policía Bonaerense, Pablo Nicolás Moresco. Los tres jueces lo encontraron culpable de haber cometido los homicidios de Ezequiel Corbalán y Ulises Rial, ocurridos en junio de 2020. Los jóvenes iban en una moto y fueron atropellados por el patrullero que manejaba el uniformado. Desde la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) denuncian que el magistrado cometió una acción jurídica muy grave.
A pesar de la condena que se conoció durante los últimos días de la semana pasada, el expolicía quedará en libertad porque el fiscal Darío Giagnorio no pidió su detención. El fallo de los jueces reconoció la falta de instrucción o capacitación del uniformado y el grave estado del patrullero que no estaba apto para prestar servicio. Por todo ello, ordenaron investigar la responsabilidad de los superiores del imputado Moresco. Para la CPM, la sentencia visibiliza la práctica policial de utilizar el vehículo oficial como arma para matar.
“La sentencia reconoce que la maniobra del móvil policial provocó la muerte a ambos jóvenes, mientras intentaba identificarlos en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. Sin embargo, el fiscal no pidió su detención”, aseguró Roberto Cipriano García, abogado y secretario de la CPM, a Tiempo. “Nosotros pusimos un perito de parte, Jorge Geretto, los jueces valoraron su pericia accidentológica. Este informe técnico demostró que el patrullero de Moresco actuó como vehículo embistiente al cruzarse de carril e interponerse en el camino de la moto en la que iban los jóvenes”, reconstruyó.
“A pesar de la condena a diecisiete años, la detención de Moresco no se hará de forma inmediata porque el fiscal de juicio no la solicitó en sus alegatos”, se quejó García. Siguió explicando que por eso “los magistrados resolvieron que sin pedido del Ministerio Público Fiscal no podían ordenar su arresto”.
El patrullero no tenía balizas, ni sirena, tampoco luneta trasera; es decir, el móvil no estaba en condiciones de estar en servicio. Sin embargo, los jefes policiales de San Nicolás ordenaron que esté en la calle y así se produjo la muerte de dos personas inocentes.
“Por eso el Tribunal ordenó que se investigue a los jefes policiales de Moresco, por la responsabilidad respecto a las condiciones de trabajo de los policías que tiene a su cargo”, señaló García. De esta manera, “el fallo confirmó la desprofesionalización policial del imputado y el incumplimiento de las Leyes vigentes”, remarcó.
La CPM patrocinó a las familias de las víctimas desde el primer momento e intervino como particular damnificado institucional. “Destacamos que la sentencia visibiliza la utilización del vehículo policial como arma para herir o matar por parte del policía”, remarcó el secretario. Continuó relatando que este accionar policial es “una práctica habitual, no es un hecho aislado, sino un mecanismo sostenido en el tiempo que funciona así”.
“El Tribunal aplicó una perspectiva en Derechos Humanos e instaló al hecho en el marco de la violencia institucional y de prácticas reiteradas de las distintas fuerzas de seguridad que protagonizan casos emblemáticos como este”, aseveró García. Además, el fallo señala cuáles son los límites que tienen “los policías para accionar cuando realizan el trabajo”, agregó.
“Esta condena es fruto de la lucha que impulsaron las familias de Ezequiel y Ulises, que resultaron víctimas cuando iban a comprar bebidas”, exaltó el letrado García. “En el camino de la búsqueda por justicia, recogieron el acompañamiento solidario de vecinos, vecinas y estudiantes secundarios de la ciudad de San Nicolás que se pronunciaron ante la injusta muerte de los jóvenes”, cerró.
El juicio al policía
El juicio terminó el pasado jueves 27 de octubre. Se comprobó la responsabilidad del policía Pablo Nicolás Moresco por las muertes de Ezequiel Corbalán de 30 años y Ulises Rial de 25, ocurridas durante la madrugada del 1 de junio de 2020, en el barrio San Jorge de la localidad de San Nicolás.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2, integrado por las juezas María Elena Baquedano, Laura Mercedes Fernández y el juez Alejandro Gabriel López, condenó al policía a la pena de 17 años de prisión por el delito de homicidio con dolo eventual y en concurso real. Sin embargo, el fiscal Darío Giagnori no solicitó su detención.
Los hechos
La noche que ocurrieron los homicidios, los jóvenes salieron en moto a comprar bebidas y de repente un móvil policial intentó identificarlos en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. Como no se detuvieron, los oficiales comenzaron a perseguirlos y dieron el aviso radial para detener la moto.
El patrullero conducido por Moresco -en estado deplorable- se sumó al operativo, conducía sin sirena y balizas policiales por la calle Carbajo. Cuando vio la moto cruzó el móvil hacia el carril de circulación contraria para realizar una detención forzada. Esa fue la maniobra que provocó en un violento impacto en la moto, así cometió los homicidios de los dos jóvenes.