Siete años de prisión para la acusada en el caso por abuso sexual que llegó a juicio cuatro décadas después

Se trata Noemí Alvarado quien deberá cumplir prisión domiciliaria. "Estamos ante un precedente muy importante a nivel provincial, nacional e internacional", expresó la abogada de las víctimas.

La justicia chaqueña condenó este mediodía a 7 años de prisión domiciliaria a Noemí Alvarado, de 82 años, una docente acusada de corrupción de menores y partícipe necesaria del abuso sexual de dos niñas en Chaco perpetrado en los años 80 por su esposo, el exdiputado ya fallecido Daniel Pacce, en el juicio por el caso más antiguo de abuso infantil que llegó a los tribunales.

La Cámara Tercera en lo Criminal, presidida por Ernesto Azcona, e integrada por Virginia Ise y Natalia Kuray, dio a conocer la sentencia 158/21 que condenó a Alvarado como “autora responsable del delito de corrupción a la promoción de menores agravada por ser las víctimas, menores de 12 años de edad, en concurso ideal con abuso deshonesto”.

Las víctimas son las denunciantes Rosalía Alvarado y María Belén Duet, quienes fueron sometidas a abusos cuando tenían 3 y 6 años, entre 1979 y 1984, en su domicilio ubicado en la calle Cervantes 238 de la capital chaqueña.

La condenada era la directora de una escuela donde la madre de María Belén era docente.

Una multitud esperó en la puerta de los Tribunales. Allí, estuvo también Rosalía, quien emocionada agradeció el apoyo. “Cuando pudimos poner en palabras este horror, tuvimos este colchón de amor”, dijo.

“Gracias porque este logro es colectivo. Solitas en el silencio no hacíamos nada. Lo que más deseo es que todos se sientan parte y esto es para todos los sobrevivientes de abuso sexual en la infancia” , continuó la joven quien agregó: “Nunca más solas, nunca más en silencio, yo sí te creo”.

El juez dispuso, al difundir el fallo en modalidad remota, que la mujer cumpla prisión domiciliaria, “atento a la edad que registra la condenada Noemí Lucía Alvarado”.

“Se le hace saber que deberá permanecer en el domicilio fijado en el cumplimiento de la pena y no podrá ausentarse más allá de lo autorizado, sin la autorización judicial”, afirmó Azcona.

La abogada de las víctimas, Nahir Barud expresó a Tiempo Argentino, «es un día histórico porque condenaron a la única imputada en la causa, Noemí Alvarado, que deberá cumplir una prisión efectiva domiciliaria. Desde la querella estamos conformes con el fallo y consideramos que han sido tenidas en cuenta todas las voces y esperamos ansiosos el fundamento. Es el caso más antiguo así que estamos ante un precedente muy importante a nivel provincial, nacional e internacional. Todas las víctimas y sobrevivientes de estos delitos aberrantes tienen que saber que existe un caso de la década del 70 que ha llegado a un tribunal y que ese tribunal no sólo escuchó a las sobrevivientes sino que también supo condenar esto que tantos años estuvo impune”.

La abogada informó que tanto la defensa de la condenada, Ricardo Urturi y Lidia Lezcano de Urturi como Alvarado, no estuvieron presentes en la sentencia judicial y siguieron el proceso vía Skype.

Sobre la resolución del juicio, Barud dijo: “Al fin que la Justicia llegó y deja un mensaje claro: Esto no pueda suceder nunca más y cuando suceda, estará la lucha de personas sobrevivientes de estos delitos tan aberrantes y las organizaciones para apoyarlas, no están solas”.

El debate oral comenzó a fines de mayo y desde entonces pasaron 26 testigos ante la Cámara Tercera en lo Criminal.

Durante la primera jornada de alegatos, celebrada el 4 de agosto, el fiscal Sergio Cáceres Olivera había solicitado 10 años de prisión efectiva bajo modalidad domiciliaria para Noemí Alvarado en virtud de unos hechos que consideró probados y que ocurrieron entre 1979 y 1986, entre los 5 y los 12 años de Rosalía y a los tres años de Belén.

El fiscal Olivera, había manifestado que en el caso de Noemí, “su rol era el de ‘facilitar’ los abusos porque era la que ‘llevaba a los niños y niñas a la habitación con una televisión grande y una videoreproductora’, y donde esperaba Pacce”.

“Pero Daniel Pacce no podía actuar sin Noemí. Había una complicidad, un contrato entre estas dos personas y un pacto de silencio por el que aún después de muerto Daniel, Noemí se ocupó de tratar de silenciar a quienes fueran víctimas. Noemí sabía lo que sucedía, que estaba mal y por eso pretendía que se guarde silencio”, dijo.

Durante el juicio también se conocieron los testimonios de los hermanos DM y LM, quienes contaron sus abusos pero pidieron no ser identificados. Ambos, ya adultos, se quebraron en llanto en el momento de declarar.

Pacce fue funcionario del gobernador chaqueño Florencio Tenev (1983-1987) y diputado nacional del Partido Justicialista por Chaco entre 1987 y 1991. Murió en 2018.

Si bien estos hechos se produjeron antes de las reformas introducidas por Ley Piazza (2011) y la posterior Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas (2015), los casos no están prescriptos y pueden ser igualmente juzgados hoy en virtud de los tratados internacionales que Argentina ya había suscripto en esos años.

Las sobrevivientes y protagonistas de esta historia pasaron por distintas instancias judiciales hasta lograr llegar al juicio, ya que el tiempo transcurrido entre los abusos y la denuncia -unos 37 años- imponía el argumento judicial de la prescripción.

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