El Cepis denunció en la Justicia que el gobierno incumplió el fallo de la Corte Suprema al no informar la conformación del precio del fluido en boca de pozo.
La Corte Suprema mandó a que se discutan los tres tramos del precio del gas, esto incluye el precio en boca de pozo, y para la audiencia el gobierno no acompañó ningún tipo de documentación que respalde el por qué los usuarios debemos pagar el precio en boca de pozo que dice que tenemos que pagar, explicó a Tiempo el presidente de Cepis, Mariano Lovelli.
En el escrito, al que accedió este medio, el Cepis denunció que el incumplimiento se daba por la carencia informativa sobre los tres componentes de la tarifa del servicio público de gas, por lo que pidieron que se posponga la audiencia pública convocada para este viernes 16 de septiembre hasta tanto se brinde toda la información establecida en el fallo.
La denuncia no fue una acción nueva, sino que se trató de un planteo por incumplimiento de la sentencia de la Corte que ordenó que debía realizarse la audiencia pública a fin de brindar la información veraz y adecuada y garantizar la participación ciudadana. Pero al no informar el precio del gas en boca de pozo, el aporte informativo se cumple de forma insuficiente», escribieron.
El Cepis advirtió que están inscriptos para participar en la audiencia pública y remarcaron que en la página web que el gobierno dispuso a través del Enargas para brindar información necesaria, surge claramente un faltante importante: toda aquella información que hace a la conformación del precio del gas PIST, detallaron.
En ningún lugar, ni en ninguno de los informes obrantes en el expediente ni subidos a la web, se encuentran agregados los costos del insumo por cuenca y por empresa, para así poder analizar un estudio y concluir del mismo, la razonabilidad del precio que pretende fijar el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, explicaron.
Por eso pidieron que se posponga la audiencia pública hasta que el Ejecutivo de a conocer la información sobre los costos de la producción del gas en boca de pozo, desagregando por empresa, por yacimiento y por cuenca.
El 18 de agosto pasado, por el amparo presentado por el Cepis el máximo tribunal anuló las resoluciones 28/16 y 31/16 del ministro Juan José Aranguren y frenó el tarifazo, ordenando retrotraer las tarifas al 31 de marzo hasta que el Ejecutivo Nacional realice la audiencia pública prevista por ley.
La semana pasada el ministro Juan José Aranguren había adelantado que no consideraba que debiera informar el precio en boca de pozo y las asociaciones de consumidores le advirtieron que se incumpliría con el fallo de la Corte. Al ex CEO de Shell no le importó y los mandó a hacer juicio.
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