La medida adoptada por el gobierno fue publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere. Pone en marcha mecanismos de asistencia a productores afectados por las inundaciones.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere.
La declaración de emergencia se definió a partir de las recomendaciones de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA), el organismo encargado de analizar los pedidos de las provincias afectadas.
El organismo evaluó la situación en el marco de una reunión el jueves en la Casa Rosada encabezada por el presidente Mauricio Macri. El mandatario recibió a los gobernadores Domingo Peppo (Chaco), Miguel Lifschitz (Santa Fe), Gustavo Valdés (Corrientes) y Gustavo Bordet (Entre Ríos) y el vicegobernador de Santiago del Estero, José Néder.
Los productores damnificados que soliciten acogerse a los beneficios de la Ley de Emergencia Agropecuaria Nacional (26.509) deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia.
La norma contempla una serie de beneficios impositivos y crediticios para hacer frente a la contingencia.
En el caso de Chaco, rige a partir del 15 de enero por 365 días para la ganadería y por 180 días para el resto de las explotaciones que hayan sido afectadas por los excesos hídricos.
En Corrientes, la disposición contempla un plazo de doce meses para la actividad ganadera y de seis meses para las restantes explotaciones a partir del 1 de enero de 2019. Abarca todos los departamentos de la provincia en sus zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los ríos interiores, riachos, arroyos y del río Uruguay.
En los departamentos santafesinos de 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los distritos Romang y Colonia Durán (San Javier), la emergencia tiene vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 para la ganadería y hasta el 31 de agosto para las restantes actividades productivas.
En Santiago del Estero, la disposición abarca un período de doce meses desde el 1 de enero para todas las explotaciones agropecuarias que fueron castigadas por las inundaciones en los departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano.
El miércoles, el gobierno ya había declarado el Estado de Emergencia Hídrica para las zonas comprometidas del Litoral y el Noroeste (NOA) por el plazo de 180 días.
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